REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DE LOS MUNICIPIOS SAN CARLOS Y RÓMULO GALLEGOS

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA





JUZGADO DE LOS MUNICIPIOS SAN CARLOS Y RÓMULO GALLEGOS CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO COJEDES.
San Carlos, 23 de Julio de 2012.
Años: 202° y 153°.
Vista la anterior solicitud de Título Supletorio, presentada por los ciudadanos JULIO RAMÓN QUINTERO BLANCO y JUAN MIGUEL OCHOA OLIVO, venezolanos, casado y soltero, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad N° V-3.844.003 y V-12.367.718, hábiles en derecho, con domicilio en la Calle Monseñor Seijas, Sector Centro II, Municipio Rómulo Gallegos; debidamente asistidos en este acto por la abogada en ejercicio LAMIA NABILA PEÑA LINAREZ, titular de la cédula de identidad N° V-20.042.028, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 172.907 y de este domicilio; el Tribunal de conformidad con la misma y con lo establecido en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, fija el tercer (3er.) día de despacho siguiente, a las Nueve de la mañana (09:00 a.m.,) a fin de que la parte interesada presente los testigos para su declaración.
LA JUEZA TEMPORAL,

Abg. MARIBEL N. RIVAS R.



LA SECRETARIA ACC,

Abg. FELIXANA MÁRQUEZ M.
En la misma fecha, se le dio entrada y quedó anotada bajo el N° 3930-12
LA SECRETARIA ACC,

Abg. FELIXANA MÁRQUEZ M.
VAAM/JC/zh.-