REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DE LOS MUNICIPIOS SAN CARLOS Y RÓMULO GALLEGOS
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DE LOS MUNICIPIOS SAN CARLOS Y RÓMULO GALLEGOS DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO COJEDES.
San Carlos, 11 de Julio de 2012.
Años: 202° y 153°.
Vista la solicitud presentada por los ciudadanos; PEDRO PABLOS FIGUEREDO VELASQUEZ Y MILDRED VERONICA MATUTE, venezolanos, mayores de edad, titulares de la cédula de identidad Nº V- 8.666.434 y V- 8.671.422, respectivamente conyugues, domiciliados el primero en Macapo Municipio Lima Blanco del estado Cojedes, y la segunda en la ciudad de San Carlos del estado Cojedes, debidamente asistidos por la abogada en ejercicio BEATRIZ JOSEFINA GUEVARA CRUCES, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 146.784, con domicilio procesal en el Edificio Rampini, piso 1; oficina 6, San Carlos estado Cojedes, por cuanto la misma no es contraria a derecho, al orden público, a las buenas costumbres, ni a disposición expresa de la Ley, se admite en cuanto ha lugar en derecho. En consecuencia, cítese a la Fiscal cuarta del Ministerio Público con Competencia en el Sistema de Protección del Niño y del Adolescente del estado Cojedes, para que comparezca por ante este Tribunal dentro de los diez (10) días de despacho siguientes a que conste en autos su citación de conformidad con lo establecido en el artículo 185-A del Código Civil. Líbrese boleta de citación.
La Jueza Temporal,
Abg. MARIBEL N. RIVAS R.
La Secretaria Acc,
Abg. FELIXANA MARQUEZ M.
En la misma fecha se libró lo ordenado en el auto anterior. Se expedirán las copias certificadas que acompañan la boleta de citación una vez que la parte interesada provea los medios necesarios para los fotostatos respectivos; y quedó anotada bajo el Nº 2041/12.-
La Secretaria Acc,
Abg. FELIXANA MARQUEZ M.
MNRR/FM/uf.-