REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA


PODER JUDICIAL

Tribunal de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes del estado Cojedes
Jueza Segunda de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes
San Carlos, veintisiete de febrero de dos mil doce
201º y 153º


JUEZ: ABG. YOLIMAR MARQUEZ AVENDAÑO
SECRETARIA: ABG. CRISALIDA TORREALBA
DEMANDANTE: NILAIDYS ANAIS MARTÍNEZ AULAR
DEMANDADO ELIBETH PANTOJA y ELY YULITZA PARRA MENDOZA
MOTIVO: ACCION MERO DECLARATIVA
ASUNTO: HP11-V-2011-000193


En el día de hoy, lunes veintisiete (27) de febrero del dos mil doce (2012), siendo la oportunidad fijada para llevarse a efecto la audiencia preliminar en su fase de sustanciación, por tratarse de un asunto sometido al procedimiento Ordinario, tal como lo prevé el artículo 469 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes; Dirige y preside la audiencia la Jueza Segunda de Primera Instancia de Sustanciación y Mediación de ésta Circunscripción Judicial Abg. Yolimar Márquez Avendaño y como secretaria del Tribunal Abg. Crisálida Torrealba; se realiza dos anuncios del acto a las puertas del Tribunal, dejando transcurrir un lapso prudencial. No haciendo acto de presencia ninguna de las partes demandantes y demandadas, ciudadanas Nilaidys Anais Martínez Aular y Elibeth Pantoja, venezolanas, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros. V-19.259.338 y V-15.609.041, respectivamente. Se deja constancia de la presencia del Abg. Euclides Herrera, en su carácter de defensor público. En este estado se le concede el derecho de palabra al Abg. Euclides Herrera, quien expone: “Vista la incomparecencia de la demandante y de las partes demandadas, solicito que se produzca el efecto de ley” Es todo. Oído lo expuesto y solicitado por el defensor público, éste Tribunal Segundo de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Cojedes, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, Declara: Único: Desistido el procedimiento de Acción Mero declarativa, presentada por la ciudadana: Nilaidys Anais Martínez Aular, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-19.259.338 en contra de la ciudadana Elibeth Pantoja, en su condición de representante legal del adolescente Estiven José Infante Pantoja, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-15.609.041; y de la ciudadana Ely Yulitza Parra Mendoza, en su condición de representante de la niña Adriana Venus Joely Infante Parra, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-14.900.688, con fundamento en el artículo 475 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes (LOPNNA); en consecuencia se declara extinguida la instancia, terminado el presente asunto con el archivo del expediente una vez vencido el lapso para ejercer los recursos correspondientes. Se ordena la devolución de los documentos originales, dejando copias debidamente certificadas de los mismos en el presente asunto. Asimismo, se deja constancia que esta decisión fue proferida en forma oral y publicada el día de hoy. Es todo. Terminó, se leyó y conformes firman.
La Jueza
Abg. Yolimar Márquez Avendaño
Abg. Euclides Herrera

Defensor Público

La Secretaria

Abg. Crisálida Torrealba
En la misma fecha se publico el anterior fallo dictado por la Jueza JC0000005 quedando registrado bajo el No. PJ0062012000131.


a Secretaria: ¬¬¬¬¬¬¬¬¬¬¬___________.