REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
PODER JUDICIAL
Tribunal de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes del estado Cojedes
Jueza Primera de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de Protección de Niños, Niñas y Adolescente
ocho de febrero de dos mil doce
201º y 152º
ASUNTO: HP11-V-2010-000146
En el día de actividad jurisdiccional de hoy, miércoles ocho (08) de febrero del dos mil doce (2012), siendo las diez y treinta de la mañana (10:30 a.m.), oportunidad fijada por este tribunal a los fines de oír a los ciudadanos: Maria de la Ascensión Montilla de Oramas y Miguel Ángel Oramas Silva, en el presente asunto que por Obligación de Manutención, sigue ante este tribunal signada bajo el Nº HP11-V-2010-000146; se anunció el acto a las puertas del Tribunal haciendo acto de presencia los ciudadanos: Maria de la Ascensión Montilla de Oramas, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 12.365.976 debidamente asistida por la Fiscal IV del Ministerio Publico Abg. Nancy Saray Becerra y Miguel Ángel Oramas Silva, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nos. 10.328.422, debidamente asistidos por el Defensor Publico Juan Ramos Ferrer. Dirige y preside el acto la Jueza de Mediación y Sustanciación Abg. Fanny Coromoto Castro Moreno y como secretaria la Abg. Gloria Linarez. Seguidamente se le concede el derecho de palabra a los ciudadanos Maria de la Ascensión Montilla de Oramas y Miguel Ángel Oramas Silva, quienes acordaron: “el ciudadano Miguel Ángel Oramas Silva, cancelará la cantidad de Ochocientos Cuatro (Bs. 804,00) por concepto de Obligación de Manutención y Gastos Medico atrasados, en forma fraccionada de dos (02) cuotas, la primera el día veintiocho (28) de febrero por la cantidad de Cuatrocientos Dos (Bs. 402,00) y la segunda el mes de marzo por la cantidad Cuatrocientos Dos (Bs. 402,00), los cuales serán depositados en la cuenta de ahorros Nº 1750-0065-1100-6044-5481 del Banco Bicentenario. En relación a la Obligación de Manutención el ciudadano Miguel Ángel Oramas Silva, cancelara la cantidad de Trescientos Cincuenta bolívares (Bs. 350,00) mensures, los cuales serán depositados en la cuenta de ahorros Nº 1750-0065-1100-6044-5481 del Banco Bicentenario. En relación a los Gastos Médicos ambos progenitores cubrirán el cincuenta por ciento (50%) contra factura. Seguidamente se le concede el derecho de palabra a la Fiscal IV del Ministerio Publico Abg. Nancy Saray Becerra, quien expone: “No tengo ninguna objeción en cuanto al convenimiento celebrado y que el demandado de cumplimiento al mismo, es todo”. Oídas las exposiciones de las partes, este Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del estado Cojedes, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, Resuelve: Homologar el acuerdo sobre Obligación de Manutención, celebrado entre los ciudadanos Maria de la Ascensión Montilla de Oramas y Miguel Ángel Oramas Silva, venezolanos, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-12.365.976 y 10.328.422, en consecuencia se suspende la ejecución voluntaria decretada en fecha veintidós (22) septiembre del 2011, de conformidad con lo previsto en el artículo 525 del Código de Procedimiento Civil. Es todo. Terminó, se leyó y conformes firman.
La Jueza
Abg. Fanny Coromoto Castro Moreno
Los Comparecientes:
Maria de la Ascensión Montilla de Oramas
Miguel Ángel Oramas Silva
Fiscal IV del Ministerio Publico
Abg. Nancy Saray Becerra
Defensor Publico
Abg. Juan Ramos Ferrer
La Secretaria
Abg. Gloria Linarez
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