REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA


PODER JUDICIAL

Tribunal de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes del estado Cojedes
Jueza Primera de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de Protección de Niños, Niñas y Adolescente
Dieciséis de febrero de dos mil doce
201º y 152º

ASUNTO: HP11-J-2012-000132
Por recibida la anterior solicitud de Homologación de Régimen de Convivencia Familiar, presentado por la profesional del Derecho Nancy Saray Becerra, quien actúa en su carácter de Fiscal IV del Ministerio Público de la Circunscripción Judicial del Estado Cojedes, asistiendo los derechos e intereses de los niños SE OMITEN NOMBRES, de tres (03) y un (01) año respectivamente, a requerimiento de los ciudadanos Felix Antonio Sevilla Sandoval y Missleidis Marily Martínez, venezolanos, mayores de edad, titulares de la cédula de identidad Nro. V- 18.850.946 y V- 17.593.744, domiciliados en sector El Paraíso, calle Principal, casa sin número, frente a la bodega Mi Jardin, San Carlos Estado Cojedes y la segunda de los nombrados en Villas del Paraíso, calle Principal, La Torre, casa sin número, San Carlos Estado Cojedes; este Tribunal, le da entrada, la anota en los libros respectivos y la ADMITE, de conformidad con el artículo 457 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes; y por cuanto las partes llegaron al siguiente acuerdo:
• PRIMERO: El ciudadano Félix Antonio Sevilla Sandoval, podrá visitar a los niños todos los días sábado y buscarlos en el hogar de los abuelos paternos a la una de la tarde (1:00 p.m.) y retornarlos a las seis de la tarde (6:00 p.m.), al igual para el día domingo en el mismo horario
 SEGUNDO: En fecha del veinticuatro (24) de Diciembre, los niños lo festejaran junto al padre y para la fecha del Treinta y uno (31) del mismo mes junto a la madre. Siendo alternado año tras año.
 TERCERO: El día de cumpleaños de los niños, ambos padres compartirán junto a ellos, cada uno la mitad del día.
 CUARTO: Ambas partes manifiestan estar de acuerdo y así lo deciden.

Por consiguiente, de conformidad con lo establecido en el articulo 518 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, este Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del estado Cojedes, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, HOMOLOGA el acuerdo celebrado entre los ciudadanos Felix Antonio Sevilla Sandoval y Missleidis Marily Martínez, en beneficio de los niños SE OMITEN NOMBRES, pasándolo en autoridad de cosa juzgada como sentencia firme ejecutoriada. Se ordena conservar el acuerdo en el archivo sede del Circuito y la entrega de las respectivas copias certificadas a las partes.
Publíquese, Regístrese y déjese copia certificada por secretaría.
Dada, Firmada y Sellada en la sede del Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, en San Carlos, a los dieciséis (16) días de Febrero de dos mil doce (2012). Años 201º de la Independencia y 152º de la Federación.

La Jueza
Abg. Fanny Coromoto Castro Moreno


La Secretaria
Abg. Gloria Linarez