REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DE LOS MUNICIPIOS SAN CARLOS Y RÓMULO GALLEGOS

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA





JUZGADO DE LOS MUNICIPIOS SAN CARLOS Y RÓMULO GALLEGOS DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO COJEDES.
San Carlos, 10 de Febrero de 2012.
Años: 201° y 152°.
Vista la solicitud presentada por los ciudadanos; PERNIA RUMBO YONIS RAMÓN y DORIS MARIA ARDILA DE PERNIA, venezolanos, mayores de edad, titulares de las Cédulas de identidad Nros. V-8.142.830 y V-7.536.122, domiciliados el primero en la Urb. Quebrada Honda, sector II, casa N° 10-32, en el Municipio San Carlos estado Cojedes y la segunda en la calle Miranda, casa N° 14-5, entre calles Rivas y Democracia del Municipio San Carlos estado Cojedes; debidamente asistidos por la abogada en ejercicio DANNESYS DEL MAR BRICEÑO CALZADILLA, titular de la cédula de identidad N° 16.158.633, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 167.332 y de este domicilio; por cuanto la misma no es contraria a derecho, al orden público, a las buenas costumbres, ni a disposición expresa de la Ley, se admite en cuanto ha lugar en derecho. En consecuencia, cítese a la Fiscal cuarta del Ministerio Público con Competencia en el Sistema de Protección del Niño y del Adolescente del estado Cojedes, para que comparezca por ante este Tribunal dentro de los diez (10) días de despacho siguientes a que conste en autos su citación de conformidad con lo establecido en el artículo 185-A del Código Civil. Líbrese boleta de citación.
El Juez Temporal,

Abg. VICENTE A. APONTE M.
La Secretaria,

Abg. JESSENIA CAMAHO
En la misma fecha se libró lo ordenado en el auto anterior. Se expedirán las copias certificadas que acompañan la boleta de citación una vez que la parte interesada provea los medios necesarios para los fotostatos respectivos; y quedó anotada bajo el N° 1.976/12.-
LA SECRETARIA,

Abg. JESSENIA CAMACHO

VAAM/JC/hz.-