PODER JUDICIAL




Tribunal Primero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Cojedes

N° DE EXPEDIENTE: HP01-L-2011-000006
PARTE ACTORA: JUAN LUIS BRACHO CASTILLO, titular de la cedula de identidad numero V-3.390.027
ABOGADO DE LA PARTE ACTORA: Abg. ALWIN RIGUEL JORDAN HERNANDEZ; inscrito en el I.P.S.A bajo el número 125.281.
PARTE DEMANDADA: CONCRETERA LA POPULAR, 2008, C.A
ABOGADO DE LA PARTE DEMANDADA: JUAN CARLOS ZAMORA, inscrito en el I.P.S.A bajo el número 94.886.
MOTIVO: COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES.


ACTA DE AUDIENCIA ORAL Y PÚBLICA DE JUICIO
En el día de hoy, martes veintiocho (28) de febrero de dos mil doce (2012), siendo las diez de la mañana (10:00 a.m.); oportunidad fijada para la celebración de audiencia en la presente causa, por motivo de COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES, en la demanda presentada por el ciudadano JUAN LUIS BRACHO CASTILLO, titular de la cedula de identidad numero V-3.390.027 representado legalmente por el Abg. ALWIN RIGUEL JORDAN HERNANDEZ; inscrito en el I.P.S.A bajo el número 125.281, contra la empresa CONCRETERA LA POPULAR, 2008, C.A, representada legalmente por el Abg. JUAN CARLOS ZAMORA, inscrito en el I.P.S.A bajo el número 94.886. Constituido el Tribunal Primero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Cojedes, en la Sala de Juicio, presidida por la ciudadana Jueza Titular, Abogado. DENIS MARGARITA LEON SEQUERA, la Secretaria Accidental Abogado ROHANNELLYS PEDROZA FLORES y el Alguacil MANUEL VOTRIAGO, se dió inicio a la presente Audiencia reproducida en forma audiovisual según lo establecido en el artículo 162 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo a través de la Cámara de video SONY, conducida por la Técnico Audiovisual T.S.U. LEDYS HOMAYDEM. En este estado, la ciudadana jueza una vista la incomparecencia de las partes a la presente audiencia, indica al ciudadano alguacil de sala que haga tres (03) llamados a cada una de las partes, ratificándose la incomparecencia de las partes, por lo que de conformidad con el articulo 151 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, lo que conllevo esta Juzgadora considera declarar; en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley: EXTINGUIDO EL PROCEDIMIENTO, en la demanda incoada por el ciudadano JUAN LUIS BRACHO CASTILLO, titular de la cedula de identidad numero V-3.390.027, contra CONCRETERA LA POPULAR, 2008, C.A, por motivo de COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES. Concluido el acto. Es todo. Terminó, se leyó y conformes firman.-

LA JUEZA TITULAR,


ABG. DENIS MARGARITA LEON SEQUERA



LA SECRETARIA ACCIDENTAL,
ABG. ROHANNELLYS PEDROZA


APODERADA JUDICIAL DE LA PARTE ACTORA,

EL TRABAJADOR,




EL ALGUACIL, LA TECNICO AUDIOVISUAL,



HP01-L-2011-000006.-