REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA


PODER JUDICIAL

Tribunal de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes del estado Cojedes
Jueza Segunda de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes
San Carlos, dieciocho de enero de dos mil doce
201º y 152º

ASUNTO: HP11-V-2011-000339


Jueza Yolimar Márquez
Secretaria Crisálida Torrealba
Demandante Alexis Alexander Silva Colmenares
Demandado Génesis Yosimar Guevara Acuña
Motivo Custodia

En el día de actividad jurisdiccional de hoy, miércoles (18) de enero del dos mil doce, oportunidad fijada por éste Tribunal para llevarse a efecto la audiencia preliminar en su fase de mediación de conformidad con lo previsto en el articulo 469 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, por tratarse de un asunto sometido al procedimiento ordinario de Obligación de Manutención; se anunció el acto a las puertas del Tribunal haciendo acto de presencia los ciudadanos Alexis Alexander Silva Colmenares y Génesis Yosimar Guevara Acuña, venezolanos, mayores de edad, titulares de la cedula de identidad Nº V-19.182.193 y V-20.488.569, respectivamente. Se constituye el Tribunal Segundo de primera Instancia de Mediación y Sustanciación; Dirige y preside el acto la Jueza de Mediación y Sustanciación Abg. Yolimar Márquez Avendaño, como secretaria la Abg. Crisálida Torrealba. Se declara abierta la audiencia. En este estado se le concede el derecho de palabra al ciudadano Alexis Alexander Silva Colmenares, quien manifestó: “Yo propongo Que la madre de mi hijo ejerza la custodia, pero que se comprometa a cuidar y atender como es debido a mi hijo, y yo tendría contacto con mi hijo cada quince (15) días, la progenitora se lo llevaría a la casa de la tía paterna señora Ana Colmenares, quien es mi hermana, ella recibirá al niño porque yo vivo con ella. Es todo”. En este estado se le concede el derecho de palabra a la ciudadana Génesis Yosimar Guevara Acuña, quien manifiesto: “Estoy de acuerdo con lo propuesto por el padre de mi hijo y me comprometo a cuidar y proteger a mi hijo”. Es todo. Este tribunal oída la exposición de las partes, éste Tribunal Segundo de Primera Instancia de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Cojedes, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, Resuelve: Homologar el acuerdo total celebrado, entre los ciudadanos Alexis Alexander Silva Colmenares y Génesis Yosimar Guevara Acuña, venezolanos, mayores de edad, titulares de la cedula de identidad Nº V-19.182.193 y V-20.488.569, respectivamente; dándole el efecto de sentencia firme ejecutoriada por cuanto no se vulneran los derechos que asisten al niño: SE OMITE NOMBRE, de ocho (8) meses de edad; en consecuencia se pone fin al presente procedimiento de Custodia, de conformidad con lo establecido en el artículo 470 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes. Es todo. Terminó, se leyó y conformes firman.
La Jueza

Abg. Yolimar Márquez Avendaño
Demandante:

Alexis Alexander Silva Colmenares

Demandada:

Génesis Yosimar Guevara Acuña
La Secretaria

Abg. Crisálida Torrealba


En la misma fecha se publico el anterior fallo dictado por la Jueza JC0000005 quedando registrado bajo el No. PJ0062012000032.




La Secretaria: ¬¬¬¬¬¬¬¬¬¬¬_________.