REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
PODER JUDICIAL
Tribunal de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes del estado Cojedes
Jueza Primera de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de Protección de Niños, Niñas y Adolescente
veintiséis de enero de dos mil doce
201º y 152º
ASUNTO: HP11-V-2008-000189
ACTA
En el día de actividad jurisdiccional de hoy, jueves (26) de Enero del dos mil doce (2012), siendo las ocho y treinta (08:30 a.m.), oportunidad fijada por este Tribunal para llevarse a efecto la audiencia especial a los fines de Revisar la Medida de Colocación. Se anunció el acto a las puertas del Tribunal haciendo acto de presencia la ciudadana Maria Ygnacia Riera, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-5.211.610, en compañía del adolescente SE OMITE NOMBRE, titular de la cédula de identidad Nº 28.054.910 y la ciudadana Alecia Margarita Pérez Moreno, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-14.899.616. Se deja constancia de la presencia de la Representación de la Fiscal IV del Ministerio Publico Abg. Nancy Saray Becerra y del Defensor Publico Abg. Juan Ramos Ferrer. Dirige y preside el acto la Jueza de Mediación y Sustanciación Abg. Luisangela Osuna De Pool, como secretaria la Abg. Gloria Linarez, Se declara abierta la audiencia. En este estado procede la jueza a oír al adolescente SE OMITE NOMBRE, garantizándoles el derecho de opinar y de ser oídos de conformidad con lo establecido en el articulo 80 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, quien expone: “Tengo 12 años, estudio 1er año, voy bien en mis estudio, a veces juego fútbol en la cancha que esta cerca de la casa, yo tengo dos mama, una que me parió y otra que me esta criando, yo a mi mama Alecia la quiero mucho porque me trajo al mundo y me dio la vida, me gustaría compartir con ella en la casa de mi mama Maria, no me gustaría ir a quedarme allá. Es todo. Seguidamente se le concede el derecho de palabra a la ciudadana Maria Ygnacia Riera, quinen expone:”estoy de acuerdo que se ratifique la medida”. Es todo. Se le concede el derecho de palabra a la ciudadana Alecia Margarita Pérez Moreno, quien expone: “estoy de acuardo con que el régimen de convivencia familiar sea todo los sábados y cuando no pueda ir los días sábado voy a ir los domingos en el mismo horario”. Es todo. Seguidamente se le concede el derecho de palabra a la representación de la Fiscalia IV del Ministerio Publico Abg. Nancy Saray Becerra, quien expone: “oído lo expuesto por el adolescente y lo manifestado por la madre sustituta y la madre biológica del adolescente, este representación fiscal, solicita se ratifique medida provisional del adolescente SE OMITE NOMBRE, en el hogar de la ciudadana Maria Ygnacia Riera, se expida la constancia de colocación familiar a la ciudadana Maria Ygnacia Riera. Asimismo solicito se fije régimen de convivencia familiar, para que el adolescente SE OMITE NOMBRE comparta con la progenitora ciudadana Alecia Margarita Pérez Moreno y se sirva ordenar informe parcial psicológico al adolescentes SE OMITE NOMBRE, a las ciudadanas Alecia Margarita y Maria Ygnacia Riera Pérez Moreno, por parte del Equipo Multidisciplinario de este Circuito Judicial, una vez conste en auto dicho informe se fije audiencia especial. Igualmente solcito que sea emitida constancia de Colocación Familiar”. Seguidamente se le concede el derecho de palabra al Defensor Publico Abg. Juan Ramos Ferrer, quien expone: Esta defensa de adhiere a la petición fiscal y solicita se oriente a las ciudadanas Alecia Margarita y Maria Ygnacia Riera Pérez Moreno, para mejorar las relaciones inherente al acercamiento de la madre biológica con el adolescente. Es todo. Oída las exposiciones de las partes presente en este acto así como la Fiscal IV del Ministerio Publico, del Defensor Publico Abg. Juan Ramos Ferrer y revisadas las actas procesales que conforman el presente procedimiento, este Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del estado Cojedes, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, Resuelve: Primero: Ratifica Medida Provisional de Colocación Familiar, en beneficio del niño SE OMITE NOMBRE, en el hogar de la ciudadana Maria Ygnacia Riera, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-5.211.610, ratificada en fecha 06/08/2009. Expídase constancia de Colocación Familiar a la ciudadana Maria Ygnacia Riera. Segundo: Se establece un Régimen de Convivencia Familiar para que el adolescente SE OMITE NOMBRE comparta con la ciudadana Alecia Margarita Pérez Moreno, en su condición de madre biológica de la siguiente manera: La ciudadana Alecia Margarita Pérez Moreno, compartirá con su hijo todos los sábados desde las 10:00 de la mañana hasta las 04:00 de la tarde, cuando la ciudadana Alecia Margarita Pérez Moreno no pueda venir el día sábado lo podrá hacer el día domingo a las misma hora, pudiendo llevar al adolescente SE OMITE NOMBRE a salir con ella, con el compromiso de devolverlo puntualmente a su hogar. Tercero: Se ordena informe parcial psicológico al adolescente SE OMITE NOMBRE, a las ciudadanas Alecia Margarita Pérez Moreno y Maria Ygnacia Riera Pérez Moreno de la presente medida por parte del Psicólogo del equipo multidisciplinario de este Circuito. Ofíciese lo conducente a la coordinadora del equipo. Líbrese el oficio respectivo. Una vez que conste en auto dicho informe este tribunal fijara audiencia especial. Cuarto: Se ordena orientación a las ciudadanas Alecia Margarita Pérez Moreno y Maria Ygnacia Riera Pérez Moreno, por parte del Equipo Multidisciplinario de este Circuito Judicial, a los fines de fortalecer el acercamiento y fomentar los lazos afectivos entre la madre biológica y el adolescente SE OMITE NOMBRE. Ofíciese lo conducente a la Coordinadora del equipo. Líbrese el oficio respectivo. Se insta a la ciudadana Maria Ygnacia Riera, a colaborar y mejorar las relaciones de comunicación con la ciudadana Alecia Margarita Pérez Moreno, en el sentido de que la informe de las actividades a realizar por el adolescente SE OMITE NOMBRE. Es todo, se concluyó, se terminó, se leyó y conformes firman.
La Jueza
Abg. Luisangela Osuna De Pool
Fiscal IV del Ministerio Publico
Abg. Nancy Saray Becerra
Defensor Publico
Abg. Juan Ramos Ferrer
Adolescente
SE OMITE NOMBRE
Las Comparecientes:
Maria Ygnacia Riera
Alecia Margarita Pérez Moreno
La Secretaria
Abg. Gloria Linarez
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