REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Circuito Judicial Civil de Ciudad Bolívar
Juzgado Tercero del Municipio Heres del Primer Circuito de la Circunscripción judicial del Estado Bolívar.
Ciudad Bolívar 23 de Enero de 2012.
201º y 152º

ASUNTO PRINCIPAL: FP02-S-2012-000074
Resolución Nº: PJ0262012000017

Vista la anterior solicitud de declaración de únicos y universales herederos presentada por la ciudadana: YOLIMA ISABEL ALFARO, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº 13.595853 quien actúa en su condición de concubina del difunto NOEL DEL VALLE GONZALEZ FERNANDEZ mediante la cual solicita la declare, como única y universal heredera del de cujus NOEL DEL VALLE GONZALEZ FERNANDEZ, este Tribunal a los fines de proveer sobre la admisibilidad de la misma, observa:

Que la solicitante ciudadana YOLIMA ISABEL ALFARO supra identificada .actúa en su condición de concubina en la presente solicitud, y revisados los recaudos anexos en la presente solicitud, no consta en autos sentencia dictada por ningún órgano jurisdiccional que declare la existencia de la relación concubinaria que dice tener la solicitante con del cujus NOEL DEL VALLE GONZALEZ FERNANDEZ, cuestión por la cual este Juzgado Tercero del Municipio Heres del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la ley, declara INADMISIBLE la anterior Solicitud de Declaración de Únicos y Universales interpuesta por la ciudadana: YOLIMAR ISABEL ALFARO supra identificada. Así se decide.

Publíquese y regístrese y déjese copia certificada en este Juzgado.
Dada firmada y sellada en la Sala de Despacho del Juzgado Tercero del Municipio Heres del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, a los veintires (23) días del mes de Enero del año dos mil doce (2012). Años: 201° de la Independencia y 152° de la federación.
El Juez,

Dr. Noel Aguirre Rojas

La Secretaria,

Abg. Helene Lanz Golding

La anterior decisión interlocutoria fue publicada en su misma fecha, siendo las dos y treinta de la tarde (02:30 p.m.).
La Secretaria,

Abg. Helene Lanz Golding