REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DE LOS MUNICIPIOS SAN CARLOS Y RÓMULO GALLEGOS
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DE LOS MUNICIPIOS SAN CARLOS Y RÓMULO GALLEGOS CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO COJEDES.
San Carlos, 18 de Enero de 2012.
Años: 201° y 152°.
Vista la anterior solicitud de Título Supletorio, presentada por los ciudadanos MIGUEL ANGEL JIMENEZ FRANCISCO y CESAR AUGUSTO JIMENEZ FRANCISCO, venezolanos, mayores de edad, casado el primero, soltero el segundo, Comerciantes, titulares de las cédulas de identidad N° 3.874.034 y N° 7.094.606, y domiciliados en la Avenida José Laurencio Silva, Sector Puerto Escondido, Parroquia San Carlos, Jurisdicción del Municipio Autónomo San Carlos estado Cojedes; debidamente asistidos en este acto por el abogado en ejercicio PEDRO ANGEL FERRER TOVAR, venezolano, mayor de edad, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 136.277 y con domicilio procesal en la ciudad de San Carlos estado Cojedes; el Tribunal de conformidad con la misma y con lo establecido en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, fija el tercer (3er.) día de despacho siguiente, a las Nueve de la mañana (09:00 a.m.,) a fin de que la parte interesada presente los testigos para su declaración.
EL JUEZ TEMPORAL,
Abg. VICENTE A. APONTE M.
LA SECRETARIA,
Abg. JESSENIA CAMACHO
En la misma fecha, se le dio entrada y quedó anotada bajo el N° 3671-12
LA SECRETARIA,
Abg. JESSENIA CAMACHO
VAAM/JC/zh.-