REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DE LOS MUNICIPIOS SAN CARLOS Y RÓMULO GALLEGOS
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DE LOS MUNICIPIOS SAN CARLOS Y RÓMULO GALLEGOS DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO COJEDES.-
San Carlos, 18 Enero de 2012
Años: 201° y 152°
Vista la diligencia anterior suscrita por la ciudadana; NICCY BEXZAIDA TOVAR DE PARRA y FRANKLIN PARRA SALAZAR, debidamente asistido por la ciudadana; ZAIMA E. TOVAR, Abogada en ejercicio inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 62.126 y el pedimento en la misma.- El Tribunal lo acuerda en conformidad y en consecuencia, definitivamente firme como ha quedado la anterior sentencia dictada por este Tribunal, se ordena su ejecución.- Expídanse por Secretaría las copias certificadas solicitadas y junto con oficio, remítase una copia al Registro Civil Municipal del Municipio Santiago Mariño del estado Aragua y al Registrador Principal del mismo estado Aragua, todo de conformidad con lo dispuesto por el artículo 506 del Código Civil.- Se comisiona para la obtención de las copias a la ciudadana Ursula Franco, titular de la cédula de identidad Nº V-10.988.533, asistente de este Tribunal, quien junto con la Secretaria firmará dicha certificación en todas y cada uno de sus folios; todo de conformidad con lo previsto en el artículo 112 del Código de Procedimiento Civil.-
El Juez Temporal,
Abg. VICENTE A. APONTE M.
La Secretaria
Abg. JESSENIA M. CAMACHO A.
Exp. N° 1876-11
VAAM/JMCM/uf.-