REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL PRIMERO DE JUICIO L.O.P.N.A

REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
TRIBUNALES DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE CONTROL, JUICIO Y EJECUCION DEL SISTEMA PENAL DE RESPONSABILIDAD DEL ADOLESCENTES DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO COJEDES
San Carlos, 30 de Enero de 2012
201° y 152º

Visto que para el día Viernes, 27 de Enero de 2012, a las 09:00 horas de la mañana, se encontraba fijada la celebración del SORTEO ORDINARIO DE ESCABINOS, en la presente causa signada con el N° 1M-225-11, seguida en contra del acusado (NOMBRE OMITIDO EN APLICACION DEL ARTÍCULO 545 DE LA LOPNNA), por la presunta comisión del delito de Trafico de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas, previsto y sancionado en el artículo 149, segundo aparte de la Ley Orgánica de Drogas, en perjuicio de El Estado Venezolano, Homicidio Calificado por Motivos Fútiles e Innobles, previsto y sancionado en el artículo 406, numeral 1° del Código Penal en perjuicio de León Carache Oscar Ramón (Occiso), y Amenazas, previsto y sancionado en el artículo 41 de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencias, en perjuicio de las ciudadanas Edirma Carache y Yamilet León Carache; y por cuanto ese día viernes veintisiete (27) de Enero de 2012, se acentúo un olor putrefacto, (presuntamente a rata muerta, en avanzado estado de descomposición), y que asimismo se presentó una comisión de la Gobernación del Estado Cojedes a los fines de proceder a la fumigación del Edificio General Manuel Manrique, sede de este Tribunal, en vista de tales incidencias, el Presidente del Circuito Judicial Penal del Estado Cojedes, Abg. Samer Richani Selman, giró instrucciones vía telefónica, y autorizó el retiro del personal de las instalaciones, en aras de garantizar el derecho a la integridad física de los trabajadores a tenor de lo establecido en el artículo 83 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, por cuanto el hedor a ratas muertas y el olor de los insecticidas utilizados en la fumigación eran insoportables; razón por la cual se acordó diferir la celebración del SORTEO ORDINARIO DE ESCABINOS, en la presente causa signada con el N° 1M-225-11, seguida en contra del acusado (NOMBRE OMITIDO EN APLICACION DEL ARTÍCULO 545 DE LA LOPNNA), supra identificado. Por lo anteriormente expuesto es por lo que este JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCION DE JUICIO DEL SISTEMA PENAL DE RESPONSABILIDAD DE ADOLESCENTES DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO COJEDES, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, ACUERDA: PRIMERO: diferir la celebración del SORTEO ORDINARIO DE ESCABINOS fijada para el día 27-01-2012. SEGUNDO: Fijar la celebración del SORTEO ORDINARIO DE ESCABINOS para el día dos (02) de Febrero de 2012 a las 02:00 horas de la tarde. TERCERO: Cítese a la defensa pública, al fiscal del Ministerio Público, y Líbrese boleta de traslado al acusado de autos para el día hora supra indicados.
LA JUEZA DE JUICIO ABG. MARIA NETTY ACOSTA-SECRETARIO ABG. VICTOR DARIO DAYAR NARVAEZ