REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA


PODER JUDICIAL

Tribunal de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes del estado Cojedes
Jueza Primera de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de Protección de Niños, Niñas y Adolescente
San Carlos, diecisiete de diciembre de dos mil doce
202º y 153º

ASUNTO: HP11-J-2012-001335

Por recibida la anterior solicitud de Homologación de Obligación de Manutención, presentada por la profesional del derecho Lorenz Eulalia Ceballos De Gennaro, quien actúa en su carácter de Fiscal Auxiliar Cuarto del Ministerio Público de la Circunscripción Judicial del Estado Cojedes, asistiendo los derechos e intereses de la adolescente SE OMITE NOMBRE, de doce (12), años de edad, a requerimiento de los ciudadanos Jorge Francisco Torres Pérez y Carmen Yuleima Sequera Alvarado, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros. V-13.183.958 y V-13.593.863 respectivamente, residenciados en: Parroquia Manuel Manrique, calle la manga, casa N° 65-72, San Carlos estado Cojedes y Conjunto residencial Monseñor Padilla, Edificio 3, piso 2, apartamento 02-04, San Carlos estado Cojedes; este Tribunal, le da entrada, la anota en los libros respectivos y la ADMITE, de conformidad con el artículo 457 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes; y por cuanto las partes llegaron al siguiente acuerdo:

 PRIMERO: El ciudadano Jorge Francisco Torres Pérez, aportará por concepto de Obligación de Manutención, para cubrir las necesidades de su hija la cantidad de Quinientos Bolívares (Bs. 500,00) los cuales serán depositados los primeros cinco (5) días de cada mes a la madre de su hija en la cuenta de ahorros N° 010203643301000496471-364-0049647 del Banco de Venezuela.
 SEGUNDO: En cuanto a los gastos por concepto de útiles y uniformes escolares, serán compartidos por ambos padres.
 TERCERO: Para los gastos de estrenos y juguetes en el mes de diciembre igualmente serán compartidos.
 CUARTO: En relación a consultas medicas y medicinas también serán compartidos por ambos progenitores.
Por consiguiente, de conformidad con lo establecido en el articulo 518 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, este Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del estado Cojedes, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, HOMOLOGA el presente acuerdo celebrado entre los ciudadanos Jorge Francisco Torres Pérez y Carmen Yuleima Sequera Alvarado, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros. V-13.183.958 y V-13.593.863 respectivamente, en beneficio de la adolescente SE OMITE NOMBRE, de doce (12), años de edad, pasándolo en autoridad de cosa juzgada como sentencia firme ejecutoriada. Se ordena conservar el acuerdo en el archivo sede del Circuito y la entrega de las respectivas copias certificadas a las partes.
Publíquese, Regístrese y déjese copia certificada por secretaría.
Dada, Firmada y Sellada en la sede del Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, en San Carlos, a los diecisiete (17) días del mes de Diciembre de dos mil doce (2012). Años 202º de la Independencia y 153º de la Federación.

La Jueza
Abg. Luisangela Osuna De Pool


La Secretaria
Abg. Anny Gabriela Torres