REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA


PODER JUDICIAL

Tribunal de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes del estado Cojedes
Jueza Primera de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de Protección de Niños, Niñas y Adolescente
San Carlos, diecisiete de diciembre de dos mil doce
202º y 153º

ASUNTO: HP11-J-2012-001326

Por recibida la anterior solicitud de Homologación de Régimen de Convivencia Familiar, presentado por la Lic. Evelyn Betancourt y la Lic. Nelly Torres, en sus caracteres de Defensoras Municipales de Niños, Niñas y Adolescentes del Municipio Autónomo Tinaquillo del estado Cojedes; asistiendo los derechos e intereses del niño SE OMITE NOMBRE, de un (1) año de edad, a requerimiento de los ciudadanos Luis Enrique Rodriguez y Yusmely Anabel Alvarado Balladares, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros. V-20.487.134 y V-20.485.419 respectivamente, residenciados en: Sector Caja de Agua I, Calle 8 de marzo, Casa N° 34-47, Tinaquillo estado Cojedes y Sector José Laurencio Silva, en Caja de Agua I, Calle Principal, 3er rancho, Calle Bolívar, Tinaquillo estado Cojedes; este Tribunal, le da entrada, la anota en los libros respectivos y la ADMITE, de conformidad con el artículo 457 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes; y por cuanto las partes llegaron al siguiente acuerdo:

 PRIMERO: El padre visitara a su hijo dependiendo del día libre, en la semana, desde las 1:00 de la tarde a 6:00 de la tarde, siempre previa comunicación con la madre.

 SEGUNDO: Los días feriados serán compartidos. El día 31 de diciembre el padre del niño si está libre compartirá con el niño durante el dia y la progenitora en la noche.
 TERCERO: El régimen será a partir del día 05/12/2012.

Por consiguiente, de conformidad con lo establecido en el articulo 518 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, este Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del estado Cojedes, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, HOMOLOGA el acuerdo celebrado entre los ciudadanos Luis Enrique Rodriguez y Yusmely Anabel Alvarado Balladares, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros. V-20.487.134 y V-20.485.419 respectivamente, en beneficio del niño SE OMITE NOMBRE, de un (1) año de edad, pasándolo en autoridad de cosa juzgada como sentencia firme ejecutoriada. Se ordena conservar el acuerdo en el archivo sede del Circuito y la entrega de las respectivas copias certificadas a las partes.
Publíquese, Regístrese y déjese copia certificada por secretaría.
Dada, Firmada y Sellada en la sede del Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, en San Carlos, a los diecisiete (17) días del mes de diciembre de dos mil doce (2012). Años 202º de la Independencia y 153º de la Federación.

La Jueza
Abg. Luisangela Osuna De Pool



La Secretaria
Abg. Anny Torres Boscan