REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DE LOS MUNICIPIOS SAN CARLOS Y RÓMULO GALLEGOS

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA





JUZGADO DE LOS MUNICIPIOS SAN CARLOS Y RÓMULO GALLEGOS DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO COJEDES.
San Carlos, 06 de Diciembre de 2012.
Años: 202° y 153°.
Vista la solicitud presentada por los ciudadanos; NILZON COROMOTO MATERAN GONZALEZ y MARLENYS DEL CARMEN SOLIS, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad N° V-10.329.376, y V-9.537.918, respectivamente, domiciliado el primero en el barrio La Manga, casa sin numero de Liberta Municipio Ricaurte Estado Cojedes y la segunda en la calle Fernando Figueredo del Barrio Mata Abdón II, casa N° 11-295 de Las Vegas Municipio Autónomo Rómulo Gallegos estado Cojedes; debidamente asistidos por el abogado en ejercicio TOMAS ENRIQUE PÉREZ CORREDOR, titular de la cédula de identidad N° V-10.328.752, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 159.452; por cuanto la misma no es contraria a derecho, al orden público, a las buenas costumbres, ni a disposición expresa de la Ley, se admite en cuanto ha lugar en derecho. En consecuencia, cítese a la Fiscal cuarta del Ministerio Público con Competencia en el Sistema de Protección del Niño y del Adolescente del estado Cojedes, para que comparezca por ante este Tribunal dentro de los diez (10) días de despacho siguientes a que conste en autos su citación de conformidad con lo establecido en el artículo 185-A del Código Civil. Líbrese boleta de citación.
El Juez Provisorio,

Abg. VICENTE A. APONTE M.
La Secretaria Acc,

Abg. FELIXANA MÁRQUEZ
En la misma fecha se libró lo ordenado en el auto anterior. Se expedirán las copias certificadas que acompañan la boleta de citación una vez que la parte interesada provea los medios necesarios para los fotostatos respectivos; y quedó anotada bajo el N° 2105/12.-
La Secretaria Acc,

Abg. FELIXANA MÁRQUEZ

VAAM/JC/hz.-