REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DE LOS MUNICIPIOS SAN CARLOS Y RÓMULO GALLEGOS

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA





JUZGADO DE LOS MUNICIPIOS SAN CARLOS Y RÓMULO GALLEGOS CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO COJEDES.
San Carlos, 13 de Diciembre de 2012.
Años: 202° y 153°.
Vista la anterior solicitud de Título Supletorio, presentada por la ciudadana YARISMAR CAROLINA MORENO BLANCO, venezolana, soltera, mayor de edad, hábil en derecho, titular de la cédula de identidad N° V-12.767.388, con domicilio en la calle N° 05, Sector Mata Abdón III, Casa s/n, Municipio Rómulo Gallegos del estado Cojedes; debidamente asistida en este acto por la abogada en ejercicio ROSA LINDA OSORIO, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 17.890.224, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 172.924 y de este domicilio; el Tribunal de conformidad con la misma y con lo establecido en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, fija el tercer (3er.) día de despacho siguiente, a las Diez de la mañana (10:00 a.m.,) a fin de que la parte interesada presente los testigos para su declaración.
EL JUEZ PROVISORIO,

Abg. VICENTE A. APONTE M.

LA SECRETARIA ACC,

Abg. FELIXANA MÁRQUEZ
En la misma fecha, se le dio entrada y quedó anotada bajo el N° 4107-12
LA SECRETARIA ACC,

Abg. FELIXANA MÁRQUEZ




VAAM/FM/zh.-