REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DE LOS MUNICIPIOS SAN CARLOS Y RÓMULO GALLEGOS

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA





JUZGADO DE LOS MUNICIPIOS SAN CARLOS Y RÓMULO GALLEGOS DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO COJEDES.
San Carlos, 06 de Agosto de 2012.
Años: 202° y 153°
Por recibida la presente solicitud de Perpetua Memoria (DECLARACIÓN UNIVERSAL DE HEREDEROS), presentada por las ciudadanas TEOTISTE VARGAS y ÁNGELA ROSA VARGAS, venezolanas, mayores de edad, titulares de las cédulas de Identidad Nro. V- 5.207.557 y V-1.028.873, de este domicilio respectivamente; debidamente asistidas en este acto por el abogado en ejercicio, AMILCAR JESÚS MERCHAN RIVAS, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 129.184; el Tribunal de conformidad con la misma y con lo establecido en el artículo 936 del Código de Procedimiento Civil, fija el tercer (3er) día de despacho siguiente, a las Nueve de la mañana (09:00 a.m.), a fin de que la parte interesada presente los testigos para su declaración.
LA JUEZA TEMPORAL,


Abg. MARIBEL N. RIVAS R.

LA SECRETARIA,

Abg. JESSENIA CAMACHO.
En la misma fecha, se le dio entrada y quedo anotada bajo el Nº 3943/12.-
LA SECRETARIA,


Abg. JESSENIA CAMACHO



Solicitud Nº. 3943/12.-
MNRR/JC/uf.-