REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DE LOS MUNICIPIOS SAN CARLOS Y RÓMULO GALLEGOS
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DE LOS MUNICIPIOS SAN CARLOS Y RÓMULO GALLEGOS DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO COJEDES.
San Carlos, 06 de Agosto de 2012.
Años: 202° y 153°.
Vista la solicitud presentada por los ciudadanos; NILDA JOSEFINA PÉREZ MENA y CARLOS JOSÉ BETANCOURT, venezolanos, mayores de edad, casados, civilmente hábiles, casados, titulares de las cédulas de identidad Nros. V-10.329.024 y V-4.096.739, respectivamente, domiciliados ella, en el sector Mata Abdón III, segunda calle, Tercera Cuadra, casa s/n, en el Municipio Rómulo Gallegos del estado Cojedes y él, en el sector Retoño, casa s/n, Por el tanque de agua, en el mismo Municipio; debidamente asistidos por la abogada en ejercicio MARILIN QUERALES PÉREZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-7.111.281, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 62.125 y de este domicilio; por cuanto la misma no es contraria a derecho, al orden público, a las buenas costumbres, ni a disposición expresa de la Ley, se admite en cuanto ha lugar en derecho. En consecuencia, cítese a la Fiscal cuarta del Ministerio Público con Competencia en el Sistema de Protección del Niño y del Adolescente del estado Cojedes, para que comparezca por ante este Tribunal dentro de los diez (10) días de despacho siguientes a que conste en autos su citación de conformidad con lo establecido en el artículo 185-A del Código Civil. Líbrese boleta de citación.
La Jueza Temporal,
Abg. MARIBEL N. RIVAS R.
La Secretaria,
Abg. JESSENIA CAMACHO.
En la misma fecha se libró lo ordenado en el auto anterior. Se expedirán las copias certificadas que acompañan la boleta de citación una vez que la parte interesada provea los medios necesarios para los fotostatos respectivos; y quedó anotada bajo el N° 2049/12.-
La Secretaria,
Abg. JESSENIA CAMACHO.
VAAM/JC/hz.-