REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DE LOS MUNICIPIOS SAN CARLOS Y RÓMULO GALLEGOS

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA






JUZGADO DE LOS MUNICIPIOS SAN CARLOS Y RÓMULO GALLEGOS DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO COJEDES.-
San Carlos, 13 Agosto de 2012
Años: 202° y 153°
Vista la diligencia anterior suscrita por la ciudadana; ANTONIA JOSEFINA GONZALEZ NUÑEZ, debidamente asistida por el Abogado en ejercicio RAMÓN JOSÉ MEDINA SANDOVAL, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 142.617 y el pedimento en la misma.- El Tribunal lo acuerda en conformidad y en consecuencia, definitivamente firme como ha quedado la anterior sentencia dictada por este Tribunal, se ordena su ejecución.- Expídanse por Secretaría las copias certificadas solicitadas y junto con oficio, remítase una copia al Registro Civil del Municipio San Carlos del estado Cojedes y al Registrador Principal del mismo estado Cojedes, todo de conformidad con lo dispuesto por el artículo 506 del Código Civil.- Se comisiona para la obtención de las copias a la ciudadana Ursula Franco, titular de la cédula de identidad Nº V-10.988.533, asistente de este Tribunal, quien junto con la Secretaria firmará dicha certificación en todas y cada uno de sus folios; todo de conformidad con lo previsto en el artículo 112 del Código de Procedimiento Civil.-
La Jueza Temporal,


Abg. MARIBEL N. RIVAS R.

La Secretaria


Abg. JESSENIA CAMACHO


Exp. N°2024-12
MNRR/JC/uf.-