REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DE LOS MUNICIPIOS SAN CARLOS Y RÓMULO GALLEGOS

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA




JUZGADO DE LOS MUNICIPIOS SAN CARLOS Y RÓMULO GALLEGOS DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO COJEDES.
San Carlos, 01 de Agosto de 2012.
Años: 202° y 153°

Por recibida la presente solicitud de Perpetua Memoria (DECLARACIÓN UNIVERSAL DE HEREDEROS), presentada por los ciudadanos AMANDA MERCEDES MATUTE DE DIAZ, NACARID EUGENIA, ANDREINA GRISET y FRANCISCO DAVID DIAZ MATUTE, venezolanos, mayores de edad, hábiles en derechos, esposa e hijos, titulares de las cédulas de Identidad Nros. V-3.041.680, 11.965.261, 15.298.821 y 18.322.470 respectivamente, domiciliados en el Municipio San Carlos del estado Cojedes; debidamente asistidos en este acto por el abogado en ejercicio, RAMÓN EDUARDO SOLOZANO RUIZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de Identidad N° V-10.989.665, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 136.236; el Tribunal de conformidad con la misma y con lo establecido en el artículo 936 del Código de Procedimiento Civil, fija el tercer (3er) día de despacho siguiente, a las Once de la mañana (11:00 a.m.), a fin de que la parte interesada presente los testigos para su declaración.
LA JUEZA TEMPORAL,

Abg. MARIBEL N. RIVAS R.

LA SECRETARIA ACC,

Abg. FELIXANA MARQUEZ M.
En la misma fecha, se le dio entrada y quedo anotada bajo el Nº 3940/12.-
LA SECRETARIA ACC,

Abg. FELIXANA MARQUEZ M.



Solicitud Nº. 3940/12.-
MNRR/FMM/zh.-