REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SEGUNDO DE CONTROL L.O.P.N.A

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA


JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE CONTROL
SISTEMA PENAL DE RESPONSABILIDAD DEL ADOLESCENTE
CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO COJEDES





SAN CARLOS, 2 de ABRIL de 2012.
201° Y 152°


Por cuanto, en fecha 02.04-2012, se recibió escrito de solicitud en la causa 2C-368-12, realizada por el Ciudadano ANGEL SATURNO RIVAS, representante legal del adolescente (identidad que se omite de conformidad con el Articulo 65 parágrafo segundo de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes), en la cual designa al Abogado JUAN CARLOS VILLEGAS LA CRUZ, inscrito en el IPSA bajo el Nº 136.227. Por tanto, este Juzgado considera, en aras de garantizar los principios del debido proceso, celeridad procesal y Derecho a la Defensa, consagrados en el Artículo 49, numeral 1ero., de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela; Artículos 544 y 546 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes y Artículos 1 y 12 del Código Orgánico Procesal Penal, además en acatamiento a lo dispuesto en el Artículo 139 eiusdem; dispositivo legal que ordena la juramentación del Defensor como formalidad esencial, que lo prudente y ajustado a derecho es librar Boleta de Citación a los efectos que el ABG. JUAN CARLOS VILLEGAS, comparezca ante este Tribunal, el día MARTES 03 DE ABRIL DE 2012, A LAS 11:00 horas de la MAÑANA, a los fines de llevar a cabo el acto formal de juramentación como Abogado Defensor, del mencionado profesional del Derecho. En consecuencia, este JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE CONTROL DEL SISTEMA DE RESPONSABILIDAD PENAL DE ADOLESCENTES, DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO COJEDES, ADMINISTRÁNDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, ACUERDA: Librar Boleta de citación al ABG. JUAN CARLOS VILLEGAS LA CRUZ, a los fines de que comparezca el día MARTES 3 DE ABRIL DE 2012, A LAS 11:00 a.m. a los efectos llevar a cabo el acto formal de juramentación del profesional del Derecho, como Abogado Defensor del Adolescente: GERMAN ISAEL RIVAS REQUENA. Así mismo se ordena oficiar lo conducente a la Defensa Pública a los fines de informar la revocación de su defensa. Notifíquese al Ministerio Público. ASÍ SE DECIDE. Diaricese y publíquese.


LA JUEZA TITULAR EN FUNCIONES DE CONTROL Nº 02

ABG. NELVA ESTHER VALECILLOS ALVARADO.




EL SECRETARIO.


ABG. ARNOLDO INOJOSA ROBLES.






En la misma fecha se le dio cumplimiento a lo ordenado.-



(Sctría).



CAUSA Nº 2C- 368-12.
EXPEDIENTE FISCAL: 09-F05-0232-12