REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Juzgado Segundo de 1ra. Instancia Civil, Mercantil, Agrario y Tránsito del
Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar
Ciudad Bolívar, dieciocho de abril de dos mil doce
201º y 153º
Vista la medida solicitada en la demanda por divorcio incoada por Yaimara Marìa Gonzalez contra Cipriano Ramón Reyes Sánchez, este Tribunal decreta de conformidad con lo establecido en el artículo 191, ordinal 3° del Código Civil: medida preventiva de embargo sobre el cincuenta por ciento (50%) de las Prestaciones Sociales y demás beneficios laborales del ciudadano Cipriano Ramón Reyes Sánchez por ser activo en la guardia nacional, para lo cual se comisiona al I.P.S.F.A ubicada en la avenida principal de los Próceres, edificio sede, planta baja, Santa Mónica, Municipio Libertador.- Se designa correo especial en la persona de la ciudadana Yaimara Marìa Gonzalez, titular de la cédula de identidad Nº 13.657.624 y de este domicilio a los fines del traslado y regreso hasta la ciudad de Caracas la comisión librada. A los efectos de la practica de la medida de embargo decretada se comisiona suficientemente a un Tribunal Ejecutor de Medidas del Área Metropolitana de Caracas.-Líbrese Despacho de Comisión y Oficio.
El Juez,

Abg. Manuel A. Cortés B.-
La Secretaria,

Abg. Soraya Charbonè.-
MACB/SCH/Angela
ASUNTO: FH02-X-2012-000010
RESOLUCIÒN Nº PJ0192012000075.-