REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA


PODER JUDICIAL

Tribunal de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes del estado Cojedes
Jueza Primera de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de Protección de Niños, Niñas y Adolescente
veintiocho de septiembre de dos mil once
201º y 152º

ASUNTO: HP11-J-2011-000957

Por recibida la anterior solicitud de Homologación de Obligación de Manutención, presentado por la profesional del Derecho María Gracia Quintero Linares, en su carácter de Fiscal Auxiliar IV del Ministerio Público de la Circunscripción Judicial del estado Cojedes, quien actúa en defensa de los derechos e intereses de la adolescente SE OMITE NOMBRE DE CONFORMIDAD CON EL ART. 65 LOPNNA, de catorce (14) años, a requerimiento de los ciudadanos Luis Robinson León Palacios y Nairrobi Lisbeth Poleo Gutiérrez, venezolanos, mayores de edad, titulares de la cédula de identidad Nro. V- 10.697.890 y V- 12.297.047; este Tribunal, le da entrada, la anota en los libros respectivos y la ADMITE, de conformidad con el artículo 457 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes; y por cuanto las partes llegaron al siguiente acuerdo:

 PRIMERO: El ciudadano Luis Robinson León Palacios, aportará la cantidad de Quinientos Bolívares (Bs. 500,00) mensuales, cancelados los treinta (30) de cada mes, los cuales serán entregados a la madre, quien firmará un recibo en señal de conformidad.
 SEGUNDO: El padre cubrirá en un cincuenta por ciento (50%) los gastos médicos, tales como: tratamiento y consultas, al igual que los gastos escolares que requiera la adolescente.
 TERCERO: Para el mes de Diciembre, el padre aportará la cantidad de Mil Bolívares (Bs. 1.000,00), que serán entregados a la madre, en la primera quincena del mes, destinados para la compra de ropa y calzado de la adolescente.
 CUARTO: Ambas partes manifiestan estar de acuerdo y así lo deciden.

Por consiguiente, de conformidad con lo establecido en el articulo 518 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, este Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del estado Cojedes, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, HOMOLOGA el acuerdo celebrado entre los ciudadanos Luis Robinson León Palacios y Nairrobi Lisbeth Poleo Gutiérrez, pasándolo en autoridad de cosa juzgada como sentencia firme ejecutoriada. Se ordena conservar el acuerdo en el archivo sede del Circuito y la entrega de las respectivas copias certificadas a las partes.
Publíquese, Regístrese y déjese copia certificada por secretaría.
Dada, Firmada y Sellada en la sede del Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, en San Carlos, a los veintiocho (28) días del mes de Septiembre del dos mil once (2011). Años 201º de la Independencia y 152º de la Federación.

Abg. Luisangela Osuna De Pool
La Jueza


Abg. Gloria Linarez
La Secretaria