REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA


PODER JUDICIAL

Tribunal de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes del estado Cojedes
Jueza Segunda de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes
San Carlos, tres de octubre de dos mil once
201º y 152º


JUEZ: ABG. YOLIMAR MARQUEZ AVENDAÑO
SECRETARIA: ABG. GLORIA LINAREZ
DEMANDANTE: CESAR AUGUSTO YRIGOYEN RIOS
DEMANDADA: MAURYS COROMOTO SALAZAR SANCHEZ
MOTIVO: RESPONSABILIDAD DE CRIANZA
ASUNTO: HP11-V-2011-000180

En el día de actividad jurisdiccional de hoy, lunes (03) de octubre del dos mil once (2011), siendo la oportunidad fijada por este Tribunal para llevarse a efecto la audiencia preliminar en su fase de Sustanciación de conformidad con lo previsto en el articulo 475 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, por tratarse de un asunto sometido al procedimiento contencioso de Responsabilidad de Crianza de conformidad con lo establecido en el articulo 358 ejusdem de la Ley. Dirige y preside el acto la Jueza de Mediación y Sustanciación Abg. Yolimar Márquez Avendaño, como secretaria la Abg. Gloria Linarez; Se anunció el acto ante las puertas del Tribunal, haciendo el llamado a las puertas del tribunal y no haciendo acto de presencia ninguna de las partes convocadas a la presente audiencia, ni por si, ni por medio de apoderado judicial. Se deja constancia de la presencia de representación fiscal del ministerio Publico Abg. María Gracia Quintero. En este estado la jueza procede a concederle el derecho de palabra a la representación fiscal del Ministerio publico, quien expone: “Vista la incomparecencia de la parte demandante, solicito al tribunal proceda conforme a los efectos que establece la ley para el referido supuesto. Es todo”. Este tribunal oída la solicitud fiscal y por disposición expresa del artículo 477 de la Ley Orgánica para La Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, este Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del estado Cojedes, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y Por Autoridad de la Ley, Declara Desistido el procedimiento por Responsabilidad de Crianza, en consecuencia, se declara extinguida la instancia y terminado el asunto con el archivo del expediente. Se deja constancia que esta decisión fue proferida en forma oral y publicada el día de hoy. Es todo. Terminó, se leyó y conformes firman.

La Jueza


Abg. Yolimar Márquez Avendaño
Fiscal del Ministerio publico:

Abg. María Quintero



La Secretaria


Abg. Gloria Linarez




En la misma fecha se publico el anterior fallo dictado por la Jueza JC0000005 quedando registrado bajo el No. PJ0062011000844.



La Secretaria: ¬¬¬¬¬¬¬¬¬¬¬________________.