REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
PODER JUDICIAL
Tribunal de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes del estado Cojedes
Jueza Primera de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de Protección de Niños, Niñas y Adolescente
dieciocho de octubre de dos mil once
201º y 152º
ASUNTO: HP11-J-2011-001076
SOLICITANTE: ROSALBA HEREDIA GUEVARAS, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V- 10.329.563
BENEFICIARIO: SE OMITEN NOMBRES, de dieciséis (16) y nueve (9) años de edad.
MOTIVO: AUTORIZACIÒN JUDICIAL.
SENTENCIA: DEFINITIVA.
Siendo la oportunidad legal para decidir la presente solicitud es necesario hacer las siguientes consideraciones:
Visto el escrito de solicitud, presentado ante este Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del estado Cojedes, por la ciudadana Rosalba Heredia Guevaras, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V- 10.329.563, quien actúa en representación de los adolescentes SE OMITEN NOMBRES, de dieciséis (16) y nueve (9) años de edad, asistida para este acto por el profesional del Derecho Wilfredo Jesús López, venezolano, mayor de edad, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nro. 48.643, en el que solicita Autorización Judicial, para proceder a gestionar el retiro de la cuota parte que como herederos les corresponde, abrir instrumento bancario a sus nombres y movilizar los fondos respectivos de acuerdo a las necesidades e intereses de la adolescente y del niño, por cuanto fueron declarados Únicos y Universales Herederos del causante, quien en vida respondiera al nombre de Roberto Carlos Sánchez Figueroa, quien era venezolano, titular de la cédula de identidad Nro. V- 11.544.348, mediante sentencia proferida en fecha 14/10/2011, en el asunto Nro. HP11-J-2011-000983
Correspondiéndole por asignación a este órgano subjetivo el conocimiento del asunto, por lo que, en fecha 18/10/2011, le dio entrada y admitió la solicitud junto con los recaudos acompañados y se apertura procedimiento de Jurisdicción Voluntaria, por consiguiente, pasa éste Tribunal a decidir acerca del fondo del presente asunto mediante pronunciamiento aparte.
Ahora bien, vista la sentencia proferida en fecha 14/10/2011, por parte del Tribunal Primero de Primera Instancia de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Cojedes, mediante la cual se acredita la cualidad que tienen la adolescente SE OMITE NOMBRE, de dieciséis (16) años y el niño SE OMITE NOMBRE, de nueve (9) años, de Únicos y Universales Herederos del fallecido, quién en vida respondiera al nombre de Roberto Carlos Sánchez Figueroa, titular de la cédula de identidad Nro. V- 11.544.348, es por lo que, éste Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Cojedes, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, Resuelve: Autorizar suficientemente a la ciudadana Rosalba Heredia Guevaras, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V- 10.329.563, para que proceda a gestionar el retiro de la cuota parte que como herederos les corresponde al niño y a la adolescente, así como abrir instrumento bancario a sus nombres y movilizar los fondos respectivos de acuerdo a las necesidades e intereses que requieran, por cuanto fueron declarados Únicos y Universales Herederos del causante. Expídase por Secretaría copia certificada de la presente decisión. Cúmplase lo ordenado.-
Regístrese y Publíquese.
Dada, Firmada y Sellada en la sede del Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del estado Cojedes, en la ciudad de San Carlos, a los dieciocho (18) días del mes octubre del año dos mil once (2011). Año 201º y 152º.
Abg. Luisangela Osuna De Pool
La Jueza
Abg. Gloria Linarez
La Secretaria
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