REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DE LOS MUNICIPIOS SAN CARLOS Y RÓMULO GALLEGOS
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DE LOS MUNICIPIOS SAN CARLOS Y RÓMULO GALLEGOS DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO COJEDES.
San Carlos, 14 de Octubre de 2011.
Años: 201° y 152°
Por recibida la presente solicitud de Perpetua Memoria (DECLARACIÓN UNIVERSAL DE HEREDEROS), presentada por los ciudadanos JIMENEZ QUIÑONEZ RAMON ANTONIO, GABRIELA JOSEFINA CONTRERAS PÉREZ, JIMENEZ PÉREZ OLISOL DEL VALLE, JIMENEZ PÉREZ MILAGROS DEL VALLE, JIMENEZ PÉREZ MILAGROS DEL CARMEN, todos venezolanos, mayores de edad, Concubino el primero, soltero las demás de las nombradas, titulares de las cedulas de identidad Nros. V-5.210.948, V-11.963.993, V-14.325.000, V-14.325.001, V-20.268.934, respectivamente, domiciliados en la Urbanización La Herrereña I, Vereda 2, Casa N° 19 del Estado Cojedes; debidamente asistidos en este acto por la abogada en ejercicio ciudadana MARIA DEDUVINA LEON FIGUEREDO, debidamente inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 142.643, y de este domicilio; el Tribunal de conformidad con la misma y con lo establecido en el artículo 936 del Código de Procedimiento Civil, fija el tercer (3er) día de despacho siguiente, a las Ocho y Treinta de la mañana (08:30 a.m.), a fin de que la parte interesada presente los testigos para su declaración.
EL JUEZ TEMPORAL,
Abg. VICENTE A. APONTE M.
LA SECRETARIA,
Abg. JESSENIA CAMACHO
En la misma fecha, se le dio entrada y quedo anotada bajo el Nº 3517/11.-
LA SECRETARIA,
Abg. JESSENIA CAMACHO
Solicitud Nº. 3517/11.-
VAAM/JMCA/hz.-