REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DE LOS MUNICIPIOS SAN CARLOS Y RÓMULO GALLEGOS


REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA





JUZGADO DE LOS MUNICIPIOS SAN CARLOS Y RÓMULO GALLEGOS CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO COJEDES.
San Carlos, 10 de Octubre de 2011.
Años: 201° y 152°.
Vista la anterior solicitud de Título Supletorio, presentada por el ciudadano RAUL ENRIQUE MORALEZ PIEDRA, venezolano, soltero, mayor de edad, hábil en derecho, titular de la cédula de identidad N° 9.531.410, con domicilio en la calle Mariño, del Sector 24 de Junio, Las Vegas, Municipio Rómulo Gallegos estado Cojedes; debidamente asistida en este acto por la abogada en ejercicio KEYLA RODRIGUEZ, venezolana, titular de la cédula de identidad N° V-17.593.012, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 128.034, y de este domicilio; el Tribunal de conformidad con la misma y con lo establecido en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, fija el tercer (3er.) día de despacho siguiente, a las Once de la mañana (11:00 a.m.,) a fin de que la parte interesada presente los testigos para su declaración.
EL JUEZ TEMPORAL,

Abg. VICENTE A. APONTE M.

LA SECRETARIA,

Abg. JESSENIA CAMACHO
En la misma fecha, se le dio entrada y quedó anotada bajo el N° 3487-11
LA SECRETARIA,

Abg. JESSENIA CAMACHO



VAAM/JC/zuleima.-