REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA


PODER JUDICIAL

Tribunal de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes del estado Cojedes
Jueza Primera de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de Protección de Niños, Niñas y Adolescente
Veintinueve de noviembre de dos mil once
201º y 152º

ASUNTO: HP11-J-2011-000455

SOLICITANTES: ANDRES RAMÓN ORTEGA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V- 5.207.824 y MARÍA FAUSTINA MARTINEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V- 13.755.045.
DESCENDIENTE: SE OMITE NOMBRE, de cuatro (4) años de edad.
MOTIVO: HOMOLOGACIÓN DE CUSTODIA
SENTENCIA: INTERLOCUTORIA CON FUERZA DEFINITIVA

DETERMINACIÓN PRELIMINAR

Visto el escrito de solicitud presentado ante este Circuito Judicial de Protección, por el profesional del Derecho José Bernardo Fuentes Acosta, quien actúa en su carácter de Fiscal Auxiliar Cuarto del Ministerio Público, asistiendo los derechos e intereses del niño SE OMITE NOMBRE, de cuatro (4) años de edad, a requerimiento de los ciudadanos Andrés Ramón Ortega, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V- 5.207.824 y María Faustina Martínez, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V- 13.755.045.
En fecha 05/05/2011, este Tribunal, le da entrada, la anota en los libros respectivos y la ADMITE, de conformidad con el artículo 457 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes.
En fecha 28/06/2011, se fija audiencia para ser celebrada en fecha 18/07/2011, a los fines de oír a las partes antes identificadas; audiencia en la cual se dejó constancia de la no comparecencia de las partes.
En fecha 20/09/2011, la Jueza que suscribe, Abogado Luisangela Osuna De Pool, se aboca al conocimiento del presente asunto.
En fecha 28/09/2011, se reanuda la presente causa en el estado y grado que se encontraba y se fija audiencia para el día 07/10/2011, a las diez y treinta de la mañana (9:30 am).
Siendo la oportunidad fijada por este Tribunal para llevar a cabo la celebración de la audiencia, a la cual no asistieron las partes solicitantes, por lo que se fijó nueva oportunidad de audiencia para el día 21/11/2011, a las nueve y treinta de la mañana (9:30 am) y cuanto las partes llegaron al siguiente acuerdo:

 La Custodia del niño SE OMITE NOMBRE, será ejercida por la madre, ciudadana María Faustina Martínez, quien asumirá las obligaciones que se generen a favor de su hijo; asimismo queda establecido un régimen de convivencia abierto a favor del niño, en los siguientes términos: El padre podrá mantener contacto con el niño siempre que lo requiera.
 Ambas partes manifiestan estar de acuerdo con los términos suscritos.

Por consiguiente, de conformidad con lo establecido en el articulo 518 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, este Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Cojedes, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, HOMOLOGA el presente acuerdo celebrado entre los ciudadanos María Faustina Martínez y Andrés Ramón Ortega, antes identificados, en beneficio del niño SE OMITE NOMBRE, de cuatro (4) años de edad, pasándolo en autoridad de cosa juzgada como sentencia firme ejecutoriada. Se ordena conservar el acuerdo en el archivo sede del Circuito y la entrega de las respectivas copias certificadas a las partes.
Publíquese, Regístrese y déjese copia certificada por secretaría.
Dada, Firmada y Sellada en la sede del Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, en San Carlos, a los veintinueve (29) días del mes de Noviembre de dos mil once (2011). Años 201º de la Independencia y 152º de la Federación.

Abg. Luisangela Osuna De Pool
La Jueza

Abg. Gloria Linarez
La Secretaria