REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DE LOS MUNICIPIOS SAN CARLOS Y RÓMULO GALLEGOS

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA





JUZGADO DE LOS MUNICIPIOS SAN CARLOS Y RÓMULO GALLEGOS DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO COJEDES.
San Carlos, 07 de Noviembre de 2011.
Años: 201° y 152°
Por recibida la presente solicitud de Perpetua Memoria (DECLARACIÓN UNIVERSAL DE HEREDEROS), presentada por el ciudadano FRANCISCO RAMÓN ORTEGA RINCONES, venezolano, mayor de edad, casado, titular de la cedula de identidad N V-1.025.028, y de este domicilio; debidamente asistida por la Abogada DAISY GARCÍA MENDOZA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 7.561.905, inscrita en el inpreabogado bajo el N° 103.957; el Tribunal de conformidad con la misma y con lo establecido en el artículo 936 del Código de Procedimiento Civil, fija el tercer (3er) día de despacho siguiente, a las Diez de la mañana (10:00 a.m.), a fin de que la parte interesada presente los testigos para su declaración.
EL JUEZ TEMPORAL,

Abg. VICENTE A. APONTE M.

LA SECRETARIA,

Abg. JESSENIA CAMACHO
En la misma fecha, se le dio entrada y quedo anotada bajo el Nº 3580/11.-
LA SECRETARIA,

Abg. JESSENIA CAMACHO










Solicitud Nº. 3580/11.-
VAAM/JMCA/hz.-