REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
PODER JUDICIAL
Tribunal de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes del estado Cojedes
Jueza Primera de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de Protección de Niños, Niñas y Adolescente
Tres de mayo de dos mil once
201º y 152º
ASUNTO: HP11-J-2011-000438
Por recibida la anterior solicitud de Homologación de Obligación de Manutención, constante de 01 folio útil y 02 anexos, procedente de la Fiscalía VI del Ministerio Público de la Circunscripción Judicial del Estado Cojedes, acta suscrita entre los ciudadanos Carlos Alfredo Manrique Porras, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V- 9.343.629 y Lismar Jacquelin Marcano Coronel, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V- 13.442.803, en beneficio de sus hijos los adolescentes SE OMITEN NOMBRES, de quince (15) años de edad, respectivamente; este Tribunal, le da entrada, la anota en los libros respectivos y la ADMITE, de conformidad con el artículo 457 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes; y por cuanto las partes llegaron al siguiente acuerdo:
PRIMERO: El ciudadano Carlos Alfredo Manrique Porras, aportará por concepto de Obligación de Manutención, a favor de sus hijos SE OMITEN NOMBRES, la cantidad de Cuatrocientos Bolívares (Bs. 400,00) mensuales, en dos (02) cuotas de Doscientos Bolívares (Bs. 200,00) quincenales, que serán depositados en una cuenta de ahorros que para tales efectos aperturará la ciudadana Lismar Jacquelin Marcano Coronel.
SEGUNDO: El padre cubrirá el cincuenta por ciento (50%) de los gastos de ropa, calzado, uniformes, útiles escolares, medicinas y tratamiento medico.
TERCERO: La Obligación será aumentada automáticamente en el mismo porcentaje en que sea incrementado el salario del obligado.
CUATRO: Ambas partes manifiestan estar de acuerdo y así lo deciden.
Por consiguiente, de conformidad con lo establecido en el articulo 518 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, este Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del estado Cojedes, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, HOMOLOGA el presente acuerdo celebrado entre los ciudadanos Carlos Alfredo Manrique Porras y Lismar Jacquelin Marcano Coronel, a favor de sus hijos los adolescentes SE OMITEN NOMBRES, pasándolo en autoridad de cosa juzgada como sentencia firme ejecutoriada. Se ordena conservar el acuerdo en el archivo sede del Circuito y la entrega de las respectivas copias certificadas a las partes.
Publíquese, Regístrese y déjese copia certificada por secretaría.
Dada, Firmada y Sellada en la sede del Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, en San Carlos, a los tres (03) días del mes de mayo del dos mil once (2011). Años 201º de la Independencia y 152º de la Federación.
La Jueza
Abg. Fanny Coromoto Castro Moreno
La Secretaria
Abg. Marvis María Navarro
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