REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
PODER JUDICIAL
Tribunal de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes del estado Cojedes
Jueza Primera de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de Protección de Niños, Niñas y Adolescente
veinticuatro de mayo de dos mil once
201º y 152º
ASUNTO: HP11-J-2011-000510
Por recibida la anterior solicitud de Homologación de Régimen de Convivencia Familiar, presentado por la Defensoría Municipal de Niños, Niñas y Adolescentes de Tinaquillo, Municipio Falcón Estado Cojedes, actuando en representación de los derechos y deberes de la adolescente SE OMITE NOMBRE DE CONFORMIDAD CON EL ART. 65 LOPNNA, de doce (12) años, a solicitud de los ciudadanos Argenis José Trocel Guevara, titular de la cédula de identidad Nro. V- 12.767.005, domiciliado en el Sector La Floresta I, Calle Bolívar, Casa Nro. 34-31, frente a los tanques y Francis Senobia Urrieta Villegas, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V- 13.667.339, domiciliada en el Sector La Floresta, Calle Aragua, Casa Nro. 08-40, a dos cuadras de la panadería, de la ciudad de Tinaquillo Estado Cojedes; este Tribunal, le da entrada, la anota en los libros respectivos y la ADMITE, de conformidad con el artículo 457 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes; y por cuanto las partes llegaron al siguiente acuerdo:
PRIMERO: El padre compartirá con la adolescente los fines de semanas, cada quince (15) días, partiendo desde los días viernes, desde las cuatro de la tarde (4:00 p.m.) hasta el día Domingo a las cinco de la tarde (5:00 p.m), siendo la adolescente trasladada al hogar del padre por la tía paterna, ciudadana Alicia Trocel, quien la regresará al hogar de la madre.
SEGUNDO: Ambos padres compartirán de manera alterna los días feriados, como Semana Santa, Carnaval, vacaciones escolares y mes de Diciembre con la adolescente. En este año 2011, el día veinticuatro (24) de diciembre el padre lo disfrutará con la adolescente.
TERCERO: Ambas partes manifiestan estar de acuerdo con lo aquí planteado.
Por consiguiente, de conformidad con lo establecido en el articulo 518 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, este Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del estado Cojedes, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, HOMOLOGA el presente acuerdo celebrado entre los ciudadanos Argenis José Trocel Guevara y Francis Senobia Urrieta Villegas, antes identificados, en beneficio de la adolescente SE OMITE NOMBRE DE CONFORMIDAD CON EL ART. 65 LOPNNA, pasándolo en autoridad de cosa juzgada como sentencia firme ejecutoriada. Se ordena conservar el acuerdo en el archivo sede del Circuito y la entrega de las respectivas copias certificadas a las partes.
Publíquese, Regístrese y déjese copia certificada por secretaría.
Dada, Firmada y Sellada en la sede del Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, en San Carlos, a los veinticuatro (24) días del mes de mayo del dos mil once (2011). Años 201º de la Independencia y 152º de la Federación.
La Jueza
Abg. Fanny Coromoto Castro Moreno
La Secretaria
Abg. Eliana Lizardo
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