REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA


PODER JUDICIAL

Tribunal de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes del estado Cojedes
Jueza Primera de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de Protección de Niños, Niñas y Adolescente
veinticuatro de mayo de dos mil once
201º y 152º

ASUNTO: HP11-H-2008-000077

En el día de actividad jurisdiccional de hoy, martes veinticuatro (24) de mayo del dos mil once (2011), siendo las diez y treinta de la mañana (10:30 a.m.), oportunidad fijada por este tribunal a los fines de oír a los ciudadanos: Cesar Rafael Martínez Blanco y Alba Yudetsy Silva Ortega, en el presente asunto contentivo de Homologación de Obligación de Manutención, sigue ante este tribunal signada bajo el Nº HP11-H-2008-000077; se anunció el acto a las puertas del Tribunal haciendo acto de presencia los ciudadanos: Cesar Rafael Martínez Blanco y Alba Yudetsy Silva Ortega, venezolanos, mayores de edad, titulares de la cédulas de identidad Nos. 13.970.295 y 16.158.471, respectivamente. Dirige y preside el acto la Jueza de Mediación y Sustanciación Abg. Fanny Coromoto Castro Moreno y como secretaria la Abg. Eliana Lizardo. Se declara abierta la audiencia, concediéndole el derecho de palabra a la partes quienes exponen: “El ciudadano Cesar Rafael Martínez Blanco, adeuda la cantidad de Tres Mil Ochocientos Cuarenta Bolívares (Bs. 3.840,00) y en este acto le hago entrega a la ciudadana Alba Yudetsy Silva Ortega, la cantidad de Mil Bolívares (Bs.1.000,00) para que me sean descontado de la deuda por concepto de obligación de manutención, quedando pendiente la cantidad de Dos Mil Ochocientos Cuarenta Bolívares (Bs. 2.840,00). Por otra parte, la mensualidad de obligación de Manutención que asciende a la cantidad de Trescientos Veinte Bolívares (Bs. 320,00), lo cancelaré en cuotas semanales de ochenta bolívares cada una (Bs. 80,00), la primera cuota la cancelaré a partir del día viernes 27 de mayo de 2011”. Es todo. Seguidamente interviene la progenitora y manifiesta estar de acuerdo con la propuesta realizada en audiencia por el progenitor de sus hijos y solicita la suspensión de la ejecución de la sentencia. Posteriormente el ciudadano Cesar Rafael Martínez Blanco, Se deja constancia que ambas partes solicitan al Tribunal la suspensión de la ejecución de la sentencia. Oída las exposiciones de las partes; este Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del estado Cojedes, Administrando Justicia en Nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, Resuelve: Primero: Homologar los acuerdos suscritos por los ciudadanos Cesar Rafael Martínez Blanco y Alba Yudetsy Silva Ortega, venezolanos, mayores de edad, titulares de la cédulas de identidad Nos. 13.970.295 y 16.158.471; Segundo: Se suspende la ejecución Forzosa de la sentencia decretada en fecha 22 de mayo del 2009, de conformidad con lo previsto en el artículo 525 del Código de Procedimiento Civil. Es todo. Terminó, se leyó y conformes firman.
La Jueza

Abg. Fanny Coromoto Castro Moreno

Los Comparecientes:


Cesar Rafael Martínez Blanco


Alba Yudetsy Silva Ortega



La Secretaria

Abg. Eliana Lizardo