REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA


PODER JUDICIAL

Tribunal de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes del estado Cojedes
Jueza Primera de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de Protección de Niños, Niñas y Adolescente
dos de mayo de dos mil once
201º y 152º

ASUNTO: HP11-J-2011-000427
SOLICITANTE: MARIA EUGENIA PEREZ SILVA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-19.542.273.
DESCENDIENTE: SE OMITE NOMBRE, de tres (03) años.
MOTIVO: AUTORIZACIÒN JUDICIAL.
SENTENCIA: DEFINITIVA.

Procede este Tribunal a decidir la solicitud presentada por la Fiscalía IV del Ministerio Público de esta Circunscripción Judicial, quien actúa en defensa de los derechos e intereses de la niña SE OMITE NOMBRE, de tres (03) años, a requerimiento de su representante legal María Eugenia Pérez Silva, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-19.542.273, mediante la cual solicita autorización amplia y suficiente para proceder al cobro de los derechos dejados por el causante Ysnardy José Pérez Rodríguez, quien era venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V- 16.774.847, por ante los Organismos de dependencias publicas y privadas y cualquier otra Institución Administrativa.
Correspondiéndole por asignación a este órgano subjetivo el conocimiento del asunto, por lo que, en fecha catorce (14) de Abril del dos mil once (2011), le dio entrada y admitió la solicitud junto con los recaudos acompañados y se apertura procedimiento de Jurisdicción Voluntaria, por consiguiente, pasa este Tribunal a decidir acerca del fondo del presente asunto mediante pronunciamiento aparte.
Ahora bien, vista la declaración de Únicos y Universales Herederos, declarada en fecha cuatro (04) de abril del dos mil once (2011), por parte del Tribunal Segundo de Primera Instancia de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del estado Cojedes, mediante la cual se acredita la cualidad que tiene la niña SE OMITE NOMBRE; de Única y Universal Heredera del fallecido quien en vida respondiera al nombre de Ysnardy José Pérez Rodríguez, quien era venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V- 16.774.847, es por lo que, este Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del estado Cojedes, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, Resuelve: Autorizar suficientemente a la ciudadana María Eugenia Pérez Silva, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-19.542.273, para que en nombre y representación de la niña SE OMITE NOMBRE, proceda a gestionar todas las acciones de reclamo de los derechos y cualquier otro beneficios en virtud del fallecimiento del causante Ysnardy José Pérez Rodríguez, quien era venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V- 16.774.847, por ante los Organismos de dependencias publicas y privadas y cualquier otra Institución Administrativa. Expídase por Secretaría copia certificada de la presente decisión. Cúmplase lo ordenado.
Regístrese y Publíquese.
Dada, Firmada y Sellada en la sede del Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del estado Cojedes, en la ciudad de San Carlos, a los dos (02) días del mes de abril del dos mil once (2011). Año 201º y 152º.
La Jueza
Abg. Fanny Coromoto Castro Moreno

La Secretaria
Abg. Marvis María Navarro