REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA


PODER JUDICIAL

Tribunal de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes del estado Cojedes
Jueza Primera de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de Protección de Niños, Niñas y Adolescente
dieciséis de mayo de dos mil once
201º y 152º

ASUNTO: HP11-V-2011-000079
En el día de actividad jurisdiccional de hoy, lunes dieciséis (16) de mayo del dos mil once (2011), oportunidad fijada por este Tribunal para llevarse a efecto la audiencia preliminar en Fase de Mediación de conformidad con lo previsto en el articulo 469 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, por tratarse de un asunto sometido al Procedimiento Contencioso de Obligación de Manutención de conformidad con lo establecido en el articulo 365 ejusdem de la Ley; se anunció el acto a las puertas del Tribunal haciendo acto de presencia la parte demandante, ciudadano José Ismael Torrealba Silva, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 11.761.525 en compañía de la apoderada judicial Elisa Villanueva, inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado, bajo el numero 136.226. Igualmente comparece la parte demandada ciudadana, Lisveys Aylin Guerrero Rivas, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 16.158.534 en compañía del apoderado judicial Elton Cáceres, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado, bajo el numero 111.351. Dirige y preside el acto la Jueza de Mediación y Sustanciación Abg. Fanny Coromoto Castro Moreno, como secretaria la Abg. Eliana Lizardo. Se declara abierta la audiencia y se le impone a los presentes de las actas procesales. Seguidamente se le concede el derecho de palabra a los ciudadanos José Ismael Torrealba Silva y Lisveys Aylin Guerrero Rivas, quienes acordaron: “La Obligación de Manutención será por el monto de Mil Trescientos Bolívares (Bs. 1.300,00) mensuales, que serán depositados en la cuenta de ahorros N° 01340410154102052787, del banco Banesco, a la ciudadana Lisveys Aylin Guerrero Rivas, los primeros cinco (05) días de cada mes. Dicha monto será aumentado en la misma proporción en que sea aumentado el salario al ciudadano José Ismael Torrealba Silva; Con respecto a los gastos de escolaridad, el ciudadano José Ismael Torrealba Silva, cubrirá el cien por ciento (100%) de los gastos correspondientes a la adquisición de los uniformes y la ciudadana Lisveys Aylin Guerrero Rivas, cubrirá el cien por ciento (100%) de los gastos correspondientes a la adquisición de los útiles escolares del niño; Con relación al bono de la época de diciembre será por el monto de Mil Doscientos Bolívares (Bs. 1200,00) mensuales, que serán depositados a la ciudadana Lisveys Aylin Guerrero Rivas, los primeros cinco (05) días del mes de diciembre; Con respecto a los gastos médicos la ciudadana Lisveys Aylin Guerrero Rivas, se compromete a enviarle los recibos médicos por correo específicamente a la oficina de MRW, ubicada en el Instituto de Previsión Social de las Fuerzas Armadas Caracas, con el objeto de que el ciudadano José Ismael Torrealba Silva, gestione lo necesario para el reembolso de los gastos médicos. Igualmente, se compromete la ciudadana Lisveys Aylin Guerrero Rivas, a trasladarse el día viernes 27 de mayo del año en curso en horas de mañana, a las oficinas administrativas del Instituto de Previsión Social de las Fuerzas Armadas en Caracas, para la renovación del carnet militar del niño SE OMITE NOMBRE DE CONFORMIDAD CON EL ART. 65 LOPNNA. Por su parte, el ciudadano José Ismael Torrealba Silva, deberá retirar el número para la renovación de carnet de su hijo. Oídas las exposiciones de las partes, este Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del estado Cojedes, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, Resuelve: Primero: Homologar el acuerdo total sobre Obligación de Manutención, celebrado entre los ciudadanos José Ismael Torrealba Silva y Lisveys Aylin Guerrero Rivas, venezolanos, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-11.761.525 y 16.158.534, dándole el efecto de sentencia firme ejecutoriada, por cuanto no se vulneran los derechos que asisten al niño SE OMITE NOMBRE DE CONFORMIDAD CON EL ART. 65 LOPNNA, en consecuencia, se pone fin al presente procedimiento por Obligación de Manutención, de conformidad con lo establecido en el articulo 470 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes. Es todo. Terminó, se leyó y conformes firman.
La Jueza
Abg. Fanny Coromoto Castro Moreno


Demandante:

José Torrealba Silva

Apoderada judicial
Abg. Elisa Villanueva


Demandada:

Lisveys Guerrero Rivas

Apoderado judicial
Abg. Elton Cáceres


La Secretaria
Abg. Eliana Lizardo