REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Juzgado Tercero de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo Circunscripción Judicial del Estado Lara
Años 200º y 151º

Nº DE EXPEDIENTE: KP02-L-2011-02
PARTE DEMANDANTE: DARWIN ALCIDES VELASQUEZ ARRIECHE, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº 5.326.290.
APODERADO DE LA PARTE DEMANDANTE: PAOLO GALLO, ANA MARIN, HAROLD CONTRERAS inscritos en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nº 84.427, 136.122 y 23.694 respectivamente.
PARTE DEMANDADA: E-BUSSINES CORPORARATION, C.A.
APODERADO DE LA PARTE DEMANDADA:
MOTIVO: COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES.-

Hoy, 29 de marzo de 2011 siendo las Nueve de la mañana (09:00 a.m.) día y hora fijado para que tenga lugar la Instalación de la Audiencia Preliminar. El Tribunal deja constancia que anunciada como fue la misma por el Alguacil del Tribunal, ciudadano JEAN LEONARDO TUA; la parte actora DARWIN ALCIDES VELASQUEZ ARRIECHE, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº 5.326.290; no hizo acto de presencia, sólo compareció por la parte demandada E-BUSSINES CORPORARATION, C.A., su representante legal ALEJOS SANCHEZ YENIFER DAYAN, titular de la C.I N° 15.352.768; por lo que de conformidad con lo previsto en el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, este Juzgado Tercero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo del Estado Lara, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA: DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y TERMINADO EL PROCESO, en consecuencia, la parte actora no podrá volver a proponer la demanda sino hasta después de transcurridos noventa (90) días continuos, contados a partir de la fecha de publicación de la presente decisión.



Abg. Liliana Josefina Mérida Lozada
Juez

La Secretaria



Parte demandada