REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
PODER JUDICIAL
Tribunal de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes del estado Cojedes
Jueza Primera de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de Protección de Niños, Niñas y Adolescente
Quince de marzo de dos mil once
200º y 152º
ASUNTO: HP11-V-2010-000254
DEMANDANTE: CHABELA FELIPA LÓPEZ VILLEGAS, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-18.321.438.
DEMANDADO: MAURO JOSÉ RODRÍGUEZ MONTENEGRO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-18.322.744.
DESCENDIENTES: SE OMITE NOMBRE DE CONFORMIDAD CON EL ART. 65 LOPNNA, de cinco (05) años de edad.
ABOGADO ASISTENTE: JOSÉ GREGORIO PARRA, venezolano, mayor de edad, Inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el N° 142.628.
MOTIVO: DIVORCIO.
SENTENCIA INTERLOCUTORIA
Vista y firme como ha quedado la sentencia de divorcio dictada en fecha 08 de Febrero de 2011 por el Tribunal Primero de Primera Instancia de Juicio del Circuito de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes del estado Cojedes; conforme a las previsiones establecidas en el ordinal 2º del artículo 185 del Código Civil Venezolano, vigente; esta suscrita juzgadora, actuando en funciones de Ejecución del Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación del circuito de Protección del Estado Cojedes, estima hacer las siguientes consideraciones:
Que mediante diligencia presentada en fecha 03 de Marzo de 2011, la ciudadana Chabela Felipa López Villegas, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-18.321.438, debidamente asistida por el Abogado José Gregorio Parra, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nº 142.628, solicito la Ejecución de la Sentencia de Divorcio, proferida en fecha 08 de Febrero de 2011, asimismo se le expidan cuatro (04) juegos de copias certificadas de la sentencia de disolución de divorcio.
Por ende, en uso de sus atribuciones de ejecución y de conformidad con los artículos 523 y 524 del Código de Procedimiento Civil, este Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Cojedes, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, decreta: La Ejecución de la Sentencia de Divorcio, dictada por el Tribunal Primero de Primera Instancia de Juicio de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del estado Cojedes, en fecha 08 de Febrero de 2011, mediante la cual se declaró Con Lugar el Divorcio incoado por la ciudadana Chabela Felipa López Villegas, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-18.321.438, en contra del ciudadano Mauro José Rodríguez Montenegro, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-18.322.744, quienes contrajeron Matrimonio por ante la Prefectura del Municipio Autónomo San Carlos del Estado Cojedes, en fecha 02 de Julio de 2.004, según acta Nº 109, folios vuelto 162, de esa misma fecha, a los efectos de lo establecido en los artículos 524 del Código de Procedimiento Civil y 475 del Código Civil venezolano. Expídase por Secretaría cuatro (04) juegos de copias certificadas de la sentencia y del presente auto y remítase copia de la misma al Registro Civil del Municipio San Carlos del Estado Cojedes y al Registro Principal del Estado Cojedes. Líbrese oficios. Cúmplase.
Los gastos derivados de este procedimiento son a cargo de los solicitantes.
Publíquese, Regístrese y Ejecútese.
Dada, Firmada y Sellada en la sede del Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del estado Cojedes, en la ciudad de San Carlos a los 15 días del mes de Marzo del 2011. Años 200° de la Independencia y 152º de la Federación.
La Jueza
Abg. Fanny Coromoto Castro Moreno
La Secretaria
Abg. Marvis María Navarro
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