REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL PRIMERO DE EJECUCIÓN L.O.P.N.A


En el día de hoy MARTES QUINCE (15) DE MARZO DE DOS MIL ONCE (2011), siendo las 10:20 A.M, se constituye el Tribunal de Primera Instancia Penal en Función de Ejecución del Sistema de Responsabilidad Penal de Adolescentes de este Circuito Judicial Penal, con la presencia de la Jueza ABG. MARIA NETTY ACOSTA VALDERRAMA, la Secretaria ABG. VERONICA HERNANDEZ DUARTE, y el alguacil ALEXIS VARGAS; para llevar a cabo AUDIENCIA ESPECIAL ORAL Y PRIVADA, a los fines de REVISAR LA MEDIDA IMPUESTA, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 647 literal “e” de la Ley Orgánica para la Protección de los Niños, Niñas y Adolescentes, al sancionado SE SUPRIME IDENTIDAD BAJO EL ART. 65 DE LA LOPNNA. DERECHO AL HONOR, REPUTACIÓN PROPIA, IMAGEN, VIDA PRIVADA E IDENTIDAD FAMILIAR. PARÁGRAFO 2DO
, por la comisión del delito de LESIONES PERSONALES LEVES CALIFICADAS EN EJECUCION DE UN ROBO, previsto y sancionado en el artículo 418 ambos del Código Penal, PRIVACION ILEGITIMA DE LIBERTAD previsto en el articulo 174 del Código penal, AGAVILLAMIENTO, previsto en el articulo 286 del Código Penal, y ROBO AGRAVADO previsto en el articulo 460 del Código Penal en perjuicio de SE SUPRIME IDENTIDAD BAJO EL ART. 65 DE LA LOPNNA. DERECHO AL HONOR, REPUTACIÓN PROPIA, IMAGEN, VIDA PRIVADA E IDENTIDAD FAMILIAR. PARÁGRAFO 2DO
. Acto seguido, se procede a verificar la presencia de las partes, dejándose constancia de la Fiscal Quinta del Ministerio Publico ABG. YORLENY CARMONA, la defensora Pública ABG. MARIA ELADIA OJEDA, se deja constancia de la incomparecencia del sancionado SE SUPRIME IDENTIDAD BAJO EL ART. 65 DE LA LOPNNA. DERECHO AL HONOR, REPUTACIÓN PROPIA, IMAGEN, VIDA PRIVADA E IDENTIDAD FAMILIAR. PARÁGRAFO 2DO
. Seguidamente la defensa Publica ABG. MARIA OJEDA, solicita el derecho de palabra, quien expone: Por cuanto tengo conocimiento que el joven se encuentra privado de libertad por el tribunal ordinario de adulto, es por lo que no puede asistir en el día de hoy. Es todo. Oída la exposición de la Defensa Pública se acuerda diferir la presente audiencia y se fija audiencia de revisión de medida para el día MARTES VEINTISEIS (26) DE ABRIL DE 2011 A LAS 10:00 DE LA MAÑANA, Librese boleta de citación para el sancionado y su representante legal. Notifíquese a la delegada de prueba del IDENA. En consecuencia, ESTE TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIÓN DE EJECUCIÓN DE LA SISTEMA PENAL DE RESPONSABILIDAD DEL ADOLESCENTE DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO COJEDES, EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, acuerda PRIMERO: Diferir la presente audiencia y se acuerda fijar audiencia de revisión de medida para el día MARTES VEINTISEIS (26) DE ABRIL DE 2011 A LAS 10:00 DE LA MAÑANA. SEGUNDO: Librese boleta de citación para el sancionado y su representante legal. Notifíquese a la delegada de prueba del IDENA. TERCERO: Con la firma de la presente acta los presentes se tienen por notificados de la decisión. Termino, siendo las 10:40 de la mañana, se leyó y conformes firman