REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA


PODER JUDICIAL

Tribunal de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes del estado Cojedes
Jueza Primera de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de Protección de Niños, Niñas y Adolescente
Treinta de junio de dos mil once
201º y 152º

ASUNTO: HP11-J-2011-000562
SOLICITANTE: NELLY MARIA MEJIAS APONTE, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V- 4.100.310
BENEFICIARIA: SE OMITE NOMBRE DE CONFORMIDAD CON EL ART. 65 LOPNNA, de quince (15) años.
MOTIVO: AUTORIZACIÒN JUDICIAL.
SENTENCIA: DEFINITIVA.

Siendo la oportunidad legal para decidir la presente solicitud es necesario hacer las siguientes consideraciones:
Compareció ante este Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del estado Cojedes, la ciudadana Nelly María Mejias Aponte, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V- 4.100.310, asistida para este acto por el profesional del Derecho Miguel Eduardo Rodríguez Perdomo, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V- 14.900.549, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nro. 163.815, en beneficio de la adolescente SE OMITE NOMBRE DE CONFORMIDAD CON EL ART. 65 LOPNNA, de quince (15) años, mediante la cual solicita Autorización Judicial para poder emitir y recibir el pago de beneficio que le corresponden, derivados de “Seguros Mercantil”, por concepto de Póliza de Vida.
Correspondiéndole por asignación a este órgano subjetivo el conocimiento del asunto, por lo que, en fecha siete (07) de junio de 2011, le dio entrada y admitió la solicitud junto con los recaudos acompañados y se apertura procedimiento de Jurisdicción Voluntaria, por consiguiente, pasa éste Tribunal a decidir acerca del fondo del presente asunto mediante pronunciamiento aparte.
Ahora bien, vista la sentencia proferida en fecha trece (13) de octubre del dos mil ocho (2008), por parte del Tribunal Segundo de Primera Instancia de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Cojedes, mediante la cual se acredita la cualidad que tiene la adolescente SE OMITE NOMBRE DE CONFORMIDAD CON EL ART. 65 LOPNNA, de Única y Universal Heredera del fallecido quien en vida respondiera al nombre de Simón Abel Moreno García, quien era titular de la cédula de identidad Nº V-3.044.123, es por lo que, este Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Cojedes, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, Resuelve: Autorizar suficientemente a la ciudadana Nelly María Mejías Aponte, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V- 4.100.310, para que gestione todo lo concerniente al pago de los beneficios derivados de Seguros Mercantil, que le corresponden a la adolescente SE OMITE NOMBRE DE CONFORMIDAD CON EL ART. 65 LOPNNA, por concepto de Póliza de Vida, de quien en vida respondiera al nombre de Simón Abel Moreno García. Expídase por Secretaría copia certificada de la presente decisión. Cúmplase lo ordenado.
Regístrese y Publíquese.
Dada, Firmada y Sellada en la sede del Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del estado Cojedes, en la ciudad de San Carlos, a los treinta (30) días del mes de junio de dos mil once (2011). Año 201º y 152º.

La Jueza
Abg. Fanny Coromoto Castro Moreno
La Secretaria
Abg. Eliana Lizardo