REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DE LOS MUNICIPIOS SAN CARLOS Y RÓMULO GALLEGOS

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA





JUZGADO DE LOS MUNICIPIOS SAN CARLOS Y RÓMULO GALLEGOS DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO COJEDES.
San Carlos, 21 de Junio de 2011.
Años: 201° y 152°
Por recibida la presente solicitud de Perpetua Memoria (DECLARACIÓN UNIVERSAL DE HEREDEROS), presentada por la ciudadana BENIGNA GLADIS MORERA PÉREZ, española, mayor de edad, viuda, de oficios del Hogar, titular de la cédula de identidad N° E- 82.053.348, actuando en este acto en su nombre propio y en representación de sus hijos ESTHER GLADIS CASTRO MORERA, JOSÉ ABEL CASTRO MORERA y JESÚS ALBERTO CASTRO MORERA, quienes son española la primera y venezolanos los dos últimos, mayores de edad, solteros, titulares de las cédulas de identidad Número: E- 82.053.349, V-24.246.573 y V-20.488.929, respectivamente y de este domicilio, debidamente asistidos en este acto por la Abogada en ejercicio: FRANCESCA MORTILLARO AFFAQUI, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 157.400; el Tribunal de conformidad con la misma y con lo establecido en el artículo 936 del Código de Procedimiento Civil, fija el tercer (3er) día de despacho siguiente, a las Nueve de la mañana (09:00 a.m.), a fin de que la parte interesada presente los testigos para su declaración.
LA JUEZA TEMPORAL,

Abg. MARIBEL NATHALIE RIVAS REYES


LA SECRETARIA,

Abg. JESSENIA N. CAMACHO A.
En la misma fecha, se le dio entrada y quedo anotada bajo el Nº 3326/11.-
LA SECRETARIA,

Abg. JESSENIA N. CAMACHO A.






Solicitud Nº. 3326/11.-
MNRR/JMCA/hz.-