REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA


PODER JUDICIAL

Tribunal de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes del estado Cojedes
Jueza Segunda de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes
San Carlos, doce de julio de dos mil once
201º y 152º

ASUNTO: HP11-J-2009-000292


Jueza Yolimar Márquez
Secretaria Gloria Linarez
Demandante Marlin Mercedes Torrealba Colmenarez
Demandada Juan Carlos Caballero Manzano
Motivo Obligación de Manutención

En el día de actividad jurisdiccional de hoy, lunes (11) de julio del dos mil once, oportunidad fijada por este Tribunal para llevarse a efecto la audiencia especial en el presente procedimiento en fase de ejecución; se anunció el acto a las puertas del Tribunal haciendo acto de presencia los ciudadanos Marlin Mercedes Torrealba Colmenares y Juan Carlos Caballero Manzano, venezolanos, mayores de edad, titulares de la cedula de identidad Nº 14.413.510 y 13.182.724. Se deja constancia de la comparecencia de la Representación de la Fiscalia IV del Ministerio Publico, Abg. María Gracia Quintero. Se constituye el Tribunal Segundo de primera Instancia de Mediación y Sustanciación; Dirige y preside el acto la Jueza de Mediación y Sustanciación Abg. Yolimar Márquez Avendaño, como secretaria la Abg. Gloria Linarez. Se declara abierta la audiencia. En este estado se le concede el derecho de palabra al ciudadano Juan Carlos Caballero Manzano, quien manifiesto: “Cancelare la deuda abonando TRESCIENTOS BOLÍVARES (300,00 Bs) MENSUALES, aparte de la mensualidad que es de DOSCIENTOS TREINTA Y TRES BOLÍVARES (233,00) mensuales, para un total de QUINIENTOS TREINTA Y TRES BOLÍVARES (533,00) mensuales, la cual se lo entregare a la madre directamente, los días quince de cada mes, quien firmara recibo de conformidad. Igualmente cubriré los gastos de útiles escolares y gasto de navidad. Incremento automático de la obligación de manutención, será de un diez por ciento (10%) anual. Es todo” En este estado se le concede el derecho de palabra a la ciudadana Marlin Mercedes Torrealba Colmenares, quien manifiesto: “Estoy de acuerdo con lo propuesto por el padre de mi hijo” Es todo. Se le concede el derecho de palabra a la representación de la Fiscalia IV del Ministerio Publico, quien expone. “Oído el acuerdo por los ciudadanos Marlin Mercedes Torrealba Colmenares y Juan Carlos Caballero Manzano, esta representación fiscal solicita se homologue el acuerdo. Es todo. Este tribunal oída la exposición de las partes así como la representación de la Fiscalia IV del Ministerio Publico, este Tribunal Segundo de Primera Instancia de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del estado Cojedes, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, Resuelve: Homologar el acuerdo total celebrado, entre los ciudadanos Marlin Mercedes Torrealba Colmenares y Juan Carlos Caballero Manzano, venezolanos, mayores de edad, titulares de la cedula de identidad Nº 14.413.510 y 13.182.724, dándole el efecto de sentencia firme ejecutoriada, por cuanto no se vulneran los derechos que asisten del niño SE OMITE EL NOMBRE, en consecuencia se pone fin al presente procedimiento de Obligación de Manutención, de conformidad con lo establecido en el artículo 470 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes. Es todo. Terminó, se leyó y conformes firman.

La Jueza


Abg. Yolimar Márquez Avendaño
Fiscal IV del Ministerio Publico

Abg. María Gracia Quintero



Comparecientes

Marlin Mercedes Torrealba Colmenares

Juan Carlos Caballero Manzano

La Secretaria

Abg. Gloria Linarez




n la misma fecha se publico el anterior fallo dictado por la Jueza JC0000005 quedando registrado bajo el No. PJ006201100000627.

la Secretaria: ¬¬¬¬¬¬¬¬¬¬¬________________.