REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DE LOS MUNICIPIOS SAN CARLOS Y RÓMULO GALLEGOS


REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA





JUZGADO DE LOS MUNICIPIOS SAN CARLOS Y RÓMULO GALLEGOS CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO COJEDES.
San Carlos, 01 de Julio de 2011.
Años: 201° y 152°.
Vista la anterior solicitud de Titulo Supletorio, presentada por el ciudadano JOSÉ GREGORIO ANAYA VILLAMIZAR, venezolano, mayor de edad, soltero, Comerciante, titular de la cédula de identidad N° V-9.463.548, y de este domicilio, debidamente asistido en este acto por el abogado en ejercicio NEWHAART ANGULO, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 136.452, el Tribunal de conformidad con la misma y con lo establecido en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, fija el tercer (3er.) día de despacho siguiente, a las Nueve y Treinta de la mañana (09:30 a.m.,) a fin de que la parte interesada presente los testigos para su declaración.
LA JUEZA TEMPORAL,

Abg. MARIBEL N. RIVAS R.

LA SECRETARIA, ACC

Abg. RAIZA M. COLMENAREZ F..

En la misma fecha, se le dio entrada y quedo anotada bajo el N° 3349-11
LA SECRETARIA ACC.,

Abg. RAIZA M. COLMENAREZ F.



MNRR/RC/sulais.-