REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
PODER JUDICIAL
Tribunal de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes del estado Cojedes
Jueza Primera de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de Protección de Niños, Niñas y Adolescente
veinticuatro de febrero de dos mil once
200º y 152º
ASUNTO: HP11-J-2011-000156
SOLICITANTE: MARA URIMA SAMBRANO, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V- 10.739.000.-
DESCENDIENTE: SE OMITE NOMBRES (de conformidad con lo establecido en el artículo 65 de la LOPNNA), de catorce (14) y siete (07) años.
MOTIVO: AUTORIZACIÓN JUDICIAL.
SENTENCIA: DEFINITIVA.
Aprehende el conocimiento del presente asunto este Tribunal en virtud del escrito presentado en fecha dieciséis (16) de Febrero de dos mil once (2011), por la ciudadana Mara Urima Sambrano, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V- 10.739.000, debidamente asistida por el Abogado Julio Cesar Moreno García, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nº 134.430, actuando en nombre propio y en representación legal de sus hijos SE OMITE NOMBRES (de conformidad con lo establecido en el artículo 65 de la LOPNNA), de catorce (14) y siete (07) años de edad, mediante la cual solicito autorización amplia y suficiente cuanto en derecho se requiere para agilizar, tramitar cobrar movilizar y recibir todo lo referente a cantidades de dinero y derechos en beneficios a sus hijos SE OMITE NOMBRES (de conformidad con lo establecido en el artículo 65 de la LOPNNA), por ante los organismos y dependencias públicas y privadas y/o cualquier otra institución administrativa dejados por su fallecido padre Omar José Pérez Vásquez, quien era venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V- 7.019.062.
Correspondiéndole por asignación a este órgano subjetivo el conocimiento del asunto, por lo que, en fecha dieciocho (18) de Febrero del dos mil once (2010), le dio entrada y admitió la solicitud junto con los recaudos acompañados y se apertura procedimiento de Jurisdicción Voluntaria, por consiguiente, pasa este Tribunal a decidir acerca del fondo del presente asunto mediante pronunciamiento aparte.
Ahora bien, vista la declaración de Únicos y Universales Herederos, declarada en veinticinco (25) de octubre del dos mil diez (2010), por parte del Tribunal Segundo de Primera Instancia de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Cojedes, mediante la cual se acredita la cualidad que tienen la ciudadana Mara Urima Sambrano de Pérez y los hermanos SE OMITE NOMBRES (de conformidad con lo establecido en el artículo 65 de la LOPNNA), de Únicos y Universales Herederos del causante, quien en vida respondiera al nombre de Omar José Pérez Vásquez, quien en vida fuere, venezolano, titular de la cédula de identidad Nº V-7.019.062, es por lo que, este Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del estado Cojedes, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, Resuelve: Autorizar suficientemente a la ciudadana Mara Urima Sambrano, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V- 10.739.000, para que en nombre y representación de los hermanos SE OMITE NOMBRES (de conformidad con lo establecido en el artículo 65 de la LOPNNA), proceda a gestionar todo lo concerniente para agilizar, tramitar cobrar movilizar y recibir todo lo referente a cantidades de dinero y derechos en beneficios a sus hijos antes mencionados, por ante los organismos y dependencias públicas y privadas y/o cualquier otra institución administrativa dejados por el fallecido Omar José Pérez Vásquez, quien era venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V- 7.019.062. Expídase por Secretaría copia certificada de la presente decisión. Cúmplase lo ordenado.
Regístrese y Publíquese.
Dada, Firmada y Sellada en la sede del Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del estado Cojedes, en la ciudad de San Carlos, a los 24 días del mes de Febrero de 2011. Año 200º y 152º de la Federación.
La Jueza
Abg. Fanny Coromoto Castro Moreno
La Secretaria
Abg. Marvis María Navarro
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