REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
PODER JUDICIAL
Tribunal de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes del estado Cojedes
Jueza Primera de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de Protección de Niños, Niñas y Adolescente
veinticuatro de febrero de dos mil once
200º y 152º
ASUNTO: HP11-J-2010-000629
SOLICITANTE: IVELIN ALEXANDRA MEDINA VILLALOBOS, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-13.442.594.
DESCENDIENTE: SE OMITE NOMBRE (de conformidad con lo establecido en el artículo 65 de la LOPNNA), de siete (07) años de edad.
ABOGADO ASISTENTE: JOSÉ BERNARDO FUENTES, en su carácter de Fiscal Auxiliar VI del Ministerio Público de la Circunscripción Judicial del Estado Cojedes.
MOTIVO: EJECUCIÓN DE LA SENTENCIA.
Vistas las actuaciones que anteceden en la presente acción por el motivo de solicitud de Ejecución de sentencia presentada por la profesional del derecho Nancy Saray Becerra Rivera, en su carácter de Fiscal VI del Ministerio Público de la Circunscripción Judicial del Estado Cojedes, actuando en defensa de los derechos e interés de la niña María Victoria Álvarez Medina, de siete (07) años de edad; a solicitud de la Ciudadana Ivelin Alexandra Medina Villalobos, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-13.442.594, residenciada en la calle Independencia, casa Nº 17-184, cerca del Barrio de Venezuela, San Carlos, estado Cojedes, en contra del ciudadano Carlos Rafael Álvarez Villalobos, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-13.734.895, residenciado los Samanes I, calle Andrés Eloy Blanco, a dos cuadras de la Escuela, casa Azul de rejas blancas, San Carlos, Estado Cojedes, y labora como funcionario policial, adscrito al Instituto Autónomo de la Policía del Estado Cojedes, esta jurisdiscente pasa a hacer las siguientes consideraciones:
Primero: Que se evidencia de las actas procesales que en fecha 04 de noviembre del año 2010, el Tribunal de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, mediante sentencia Interlocutoria con Fuerza Definitiva, Homologó el acuerdo celebrado por los ciudadanos Ivelin Alexandra Medina Villalobos y Carlos Rafael Álvarez Villalobos, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros. V-13.442.594 y V-13.734.895, respectivamente; en los siguientes términos: El ciudadano Carlos Rafael Álvarez Villalobos, le aportará por concepto de obligación de manutención, a favor de la niña María Victoria, la cantidad de Trescientos Treinta y Siete Bolívares con Cincuenta Céntimos (Bs. 337,50) mensuales, pagaderos en dos (02) cuotas de Cien Bolívares (Bs. 100,00) los días quince de cada mes y doscientos Treinta y Siete Bolívares con cincuenta Céntimos (Bs. 237,50) los días últimos de cada mes, los cuales serán entregados a la ciudadana Ivelin Alexandra Medina Villalobos, quien deberá firmar un recibo en señal de conformidad, aumentada automáticamente en el mismo porcentaje ñeque sea incrementado su salario. De igual forma, cubrirá los gastos de uniforme escolar, útiles escolares, ropa, calzado, tratamiento medico, medicinas y cualquier otro gasto que sean requeridos por su hija.
Segundo: Que en fecha 17 de Febrero del año 2011, la profesional del derecho Nancy Saray Becerra Rivera, en su carácter de Fiscal VI del Ministerio Público de la Circunscripción Judicial del Estado Cojedes, a solicitud de la ciudadana Ivelin Alexandra Medina Villalobos, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-13.442.594, requirió a este Tribunal se sirva decretar la Ejecución de la Sentencia proferida por el Tribunal de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, en fecha 04 de Noviembre del año 2010, es por lo que, se acuerda lo solicitado.
Por consiguiente, esta sentenciadora en uso de sus atribuciones como rectora del proceso y de conformidad con los artículos 26, 49 y 257 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, en concordancia con el articulo 524 del Código de Procedimiento Civil, este Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del estado Cojedes, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, Decreta la Ejecución Voluntaria de la Sentencia, en consecuencia, se le concede un lapso de (10) días al ciudadano Carlos Rafael Álvarez Villalobos, a los fines que se sirva dar cumplimiento voluntario a la sentencia proferida por el Tribunal de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, en fecha 04 de Noviembre del año 2010. Líbrese el decreto respectivo. Cúmplase lo ordenado.
La Jueza
Abg. Fanny Coromoto Castro Moreno
La Secretaria Abg. Marvis Navarro
|