REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA

PODER JUDICIAL
Tribunal de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes del estado Cojedes
Jueza Primera de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de Protección de Niños, Niñas y Adolescente
Dos de febrero de dos mil once
200º y 151º

ASUNTO: HP11-V-2010-000359
En el día de actividad jurisdiccional de hoy, miércoles (02) de febrero de dos mil once (2011), siendo las ocho y treinta de la mañana (08:30 a.m.), oportunidad fijada para llevarse a efecto con carácter privado la audiencia preliminar en su fase de mediación, tal como lo prevé el artículo 469 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, por tratarse de un asunto contentivo de Divorcio Contencioso, se anunció el acto a las puertas del Tribunal haciendo acto de presencia la ciudadana Yolanis Montero Torres, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 16.542.001, en su condición de demandante, asistido en este acto por el abogado en ejercicio Armando Ramón Gamez, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el numero 95.578, el ciudadano Yolanis Montero Torres,, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. 15.018.697, en su condición de demandado, asistido en este acto por el abogado en ejercicio Jesús Bocaney, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el numero 117.710. Dirige y preside el acto la Jueza de Mediación y Sustanciación Abg. Fanny Coromoto Castro Moreno y como secretaria la Abg. Marvis Maria Navarro. Se declara abierta la audiencia. En este estado se le concede el derecho de palabra a la partes, quien acordaron: “en relación a la custodia que sea ejercida por la ciudadana Yolanis Montero Torres, la obligación de manutención existe un acuerdo por el Municipio Falcón del estado Cojedes, en relación al Régimen de Convivencia Familiar, el padre compartirá con la niña los días martes y jueves desde las cuatro de la tarde (04:00 p.m.) hasta las cinco de la tarde (05:00 p.m.) en el hogar de la madre, compartirá los fines de semana cada quince días, buscando a la niña el día sábado a las diez de la mañana (10:00 a.m.) y retornándola a las seis de la tarde (06:00 p.m.) del mismo día, luego la buscara el día domingo a las doce y media del media día (12:30 m.d.) y la retornara a las seis de la tarde (06:00 p.m.); el 24 de diciembre la niña lo compartirá con la madre y el 31 de diciembre con el padre, el día de su cumpleaños que es el 12 de noviembre ambos padres lo pasaran con la niña. En relación a la disolución del vínculo conyugal insisten con el presente procedimiento. Es todo”. Se deja constancia que no fue oída la niña por su corta edad; Este Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del estado Cojedes, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, Resuelve: Homologar el acuerdo parcial, en relación a la custodia y el régimen de convivencia familiar, celebrado entre los ciudadanos: Yolanis Montero Torres, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 16.542.001 y Roger José Jiménez, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. 15.018.697, dándole el efecto de sentencia firme ejecutoriada, por cuanto no se vulneran los derechos que asisten a la niña SE OMITE NOMBRE (de conformidad con lo establecido en el artículo 65 de la LOPNNA). Se deja constancia que no hubo acuerdo en relación a la disolución del vínculo matrimonial, por lo que se declara concluida la audiencia preliminar en su fase de Mediación. Es todo, se terminó, leyó y conformes firman.
La Jueza
Abg. Fanny Coromoto Castro Moreno

Demandante:

Yolanis Montero Torres


Abogado Asistente:

Armando Ramón Gamez


Demandado:

Roger José Jiménez


Abogado Asistente:

Jesús Bocaney

La Secretaria
Abg. Marvis Maria Navarro