REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Tribunal Primero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Cojedes.
San Carlos, veintiuno (21) de febrero del año 2011.
200º y 152º

N° DE EXPEDIENTE: HP01-L-2010-000263.
PARTE DEMANDANTE: NEYDA DEL CARMEN CHANDIA PALENCIA.
ABOGADOS DE LA PARTE DEMANDANTE: Abgs. MIGUEL ALFREDO LOPEZ y MANOLO ERNESTO GARCIA.
PARTE DEMANDADA: NEXUS PRODUCCIONES AUDIOVISUALES, C.A., representada por el ciudadano FRANCO RAMPINI.
ABOGADO DE LA PARTE DEMANDADA:
MOTIVO: COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES.

En el día hábil de hoy 21 de febrero del año 2011, siendo las 9:00 am, se constituye el Tribunal Primero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Cojedes, presidido por la ciudadana Juez, Abg. Yrene Pernalete Mendoza con la asistencia de la ciudadana Secretaria, con el objetivo de dar inicio a la AUDIENCIA PRELIMINAR fijada para el día de hoy en el presente asunto N° HP01-L-2010-000263. Seguidamente el ciudadano Alguacil adscrito a este Circuito Judicial del Trabajo, le manifestó a esta Juzgadora que al momento de anunciar la audiencia, solamente se encontraba presentes los Abogados MIGUEL ALFREDO LOPEZ y MANOLO ERNESTO GARCIA, identificados en autos, pero quienes no presentaron Instrumento Poder expedido por la accionante para actuar solos, sin la presencia de ella en el presente juicio, situación que fue verificada por esta Sentenciadora. Siendo así, esta Juzgadora en uso de sus facultades y atribuciones y en garantía de la aplicación de las normas de orden publico, de conformidad con el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, dado a la incomparecencia de la accionante, ni por si, ni por medio de apoderados judiciales acreditados en las actas, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara en DESISTIMIENTO del Procedimiento en el presente Juicio. ASI SE DECIDE. En San Carlos, a los veintiún (21) días del mes de febrero del año 2011. Publíquese y déjese copia de la presente decisión para ser agregada al respectivo copiador.
La Juez titular.

Abg. Yrene Pernalete Mendoza.
La Secretaria.

Abg. Brígida Pérez.