ASUNTO: FP02-V-2010-001735
RESOLUCION: Nº PJ82201000058

ACTA DE AUDIENCIA PRELIMINAR DE MEDIACION
SIN PRESENCIA DEL DEMANDANTE

En horas hábiles del día de hoy 14/01/11, siendo las Nueve de la Mañana (09:00 Am) de la tarde, día y hora acordada para que comparezcan los ciudadanos: YEIGLIS VERENICE BARRETO y ALEXIS ALEXANDER BOLIVAR OLIVO, titulares de las Cedulas de Identidad Nros V-17.382.847 y 16.222.106 respectivamente, en la causa de OBLIGACION DE MANUTENCION, a favor del niño: (IDENTIDAD OMITIDA SEGÚN ARTÍCULO 65 DE LA LEY ORGÁNICA PARA LA PROTECCIÓN DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES), de Un (01) año de edad, el Tribunal deja constancia que no compareció la parte demandante ciudadana: YEIGLIS VERENICE BAR, a la presente audiencia, se considera DESISTIDO el presente procedimiento, de conformidad con lo establecido en el artículo 472, primer aparte de la Ley Orgánica para la Protección de niños, niñas y adolescentes. Dando cumplimiento a lo establecido en el referido artículo se EXTINGUE la presente causa, advirtiéndole a la demandante que no podrá volver a presentar nueva demanda antes de que transcurra un (01) mes, contados a partir de la presente fecha. Se dejan sin efectos las Medidas Preventivas decretadas en fecha 04 de Mayo de 2010 por el Juez Unipersonal 1 del extinto Tribunal de Protección. Déjese constancia en el Libro Diario del Tribunal y archívese el presente expediente. Es todo, termino, se leyó y conformes firman.
LA JUEZ DE MEDIACION (1)
DRA. LIGIA ELIZABETH MORENO RIVERO

LA SECRETARIA DE SALA (Acc)
ABG. SUSSY DEL VALLE CUESTA GALVIS