ASUNTO: FP02-V-2010-000626
RESOLUCION: Nº PJ82201000037

ACTA DE AUDIENCIA PRELIMINAR DE MEDIACION
SIN PRESENCIA DEL DEMANDANTE

En horas hábiles del día de hoy 12/01/11, siendo las Nueve de la Mañana (09:00 Am) de la tarde, día y hora acordada para que comparezcan los ciudadanos: MARIA ELENA MONTAÑEZ Y MARCOS RAFAEL NIEVES CARPIO, titulares de las Cedulas de Identidad Nros V-13.157.197 y 13.920.432 respectivamente, en la causa de OBLIGACION DE MANUTENCION, a favor del adolescente: V(IDENTIDAD OMITIDA DE CONFORMIDAD CON EL ARTICULO 65 DE LA LEY ORGANICA PARA LA PROTECCION DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES), de doce (12) años de edad, el Tribunal deja constancia que no compareció la parte demandante. Igualmente se deja constancia que compareció la Dra. Graciela Marcano de Oxford, Defensora Publica Primera con competencia en materia de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes. Se deja expresa constancia que al mismo no compareció la parte demandante ciudadana: MARIA ELENA MONTAÑEZ, a la presente audiencia, se considera DESISTIDO el presente procedimiento, de conformidad con lo establecido en el artículo 472, primer aparte de la Ley Orgánica para la Protección de niños, niñas y adolescentes. Dando cumplimiento a lo establecido en el referido artículo se EXTINGUE la presente causa, advirtiéndole a la demandante que no podrá volver a presentar nueva demanda antes de que transcurra un (01) mes, contados a partir de la presente fecha. Se dejan sin efectos las Medidas Preventivas decretadas en fecha 04 de Mayo de 2010 por el Juez Unipersonal 1 del extinto Tribunal de Protección. Déjese constancia en el Libro Diario del Tribunal y archívese el presente expediente. Es todo, termino, se leyó y conformes firman.
LA JUEZ DE MEDIACION (1)
DRA. LIGIA ELIZABETH MORENO RIVERO

LA DEFENSORA PÚBLICA PRIMERA

LA SECRETARIA DE SALA (Acc)
ABG. SUSSY DEL VALLE CUESTA GALVIS