ASUNTO : FP02-J-2011-001160
RESOLUCIÓN Nº PJ0822011001204

SENTENCIA INTERLOCUTORIA.

Solicitud por: Justificativo de Carga Familiar.-
Solicitante: Gladys Mercedes Olivo.
Niños: (Identidad omitida según artículo 65 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes).

Revisando actas en el presente expediente, este Juzgado observa, que se cumplió con todos los requisitos exigidos en el presente asunto FP02-J-2011-001160, de Justificativo de Carga Familiar, de conformidad con el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil. En consecuencia, este Tribunal administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley. Declara la Justificación de Carga familiar a la Ciudadana: GLADYS MERCEDES OLIVO, titular de la Cedula de Identidad Nº. 7.094.185, a favor de los Niños (IDENTIDAD OMITIDA SEGÚN ARTÍCULO 65 DE LA LEY ORGÁNICA PARA LA PROTECCIÓN DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES). Y Así se Decide. Entréguense los documentos originales previa certificación en autos, a la parte interesada. Cúmplase. Déjese Constancia en el Libro Diario de Actuaciones.

LA JUEZ (1º) DE MEDIACIÒN

ABG. LIGIA ELIZABETH MORENO RIVERO
LA (el) SECRETARIA DE SALA

ABG.
LEMR/ Evelyn