REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
PODER JUDICIAL
Tribunal de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes del estado Cojedes
Jueza Primera de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de Protección de Niños, Niñas y Adolescente
nueve de diciembre de dos mil once
201º y 152º
ASUNTO: HP11-V-2008-000012
En el día de actividad jurisdiccional de hoy, viernes nueve (09) de diciembre del dos mil once (2011), siendo las ocho y treinta de la mañana (08:30 a.m.), oportunidad fijada por este Tribunal para llevarse a efecto el inicio de la audiencia preliminar en su fase de sustanciación de conformidad con lo previsto en el articulo 475 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, por tratarse de un asunto sometido al procedimiento ordinario de Colocación Familiar; se anunció el acto a las puertas del Tribunal haciendo acto de presencia la ciudadana Luisa Beatriz Guzmán Utrera, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-11.965.837. Se deja constancia de la comparecencia de la Fiscal IV del Ministerio Publico Abg. Maria Gracia Quintero y el Defensor Publico Abg. Euclides Herrera. Se constituye el Tribunal; dirige y preside el acto la Jueza de Mediación y Sustanciación Abg. Luisangela Osuna De Pool, como secretaria la Abg. Gloria Linarez, el alguacil Beatriz Ramos; en este estado se le impone a los presentes el motivo y alcance del acto, dando una explicación en qué consiste la fase de sustanciación y cual es la finalidad, la Jueza tiene autonomía y dirección en el desarrollo de la misma, las pruebas que deseen presentar deben ser en forma oral no se permite lectura de las mismas. En este estado procede la Jueza a concederle el derecho de palabra al Defensor Publico, quien expone: “Observa esta defensa en el presente asunto existe medida de abrigo y no ha sido decretada medida provisional. Es todo. Seguidamente se le concede el derecho de palabra a la Representación de la Fiscalía IV del Ministerio Publico, quien expone: “Se observa que existe una medida de abrigo desde el año 2008 y han transcurrido mas de treinta (30) días de la fase administrativa y aun no sea decretado medida provisional de colocación familiar, por lo que solicita que antes de sustanciar las pruebas se emita pronunciamiento en cuanto a la medida. Oído lo solicitado por la fiscal IV del Ministerio Publico y el Defensor Publico, procede la jueza a oír la opinión de la ciudadana Luisa Beatriz Guzmán, quien expone: Yo tengo el niños desde de 02 días de nacido, la progenitora me lo entregó porque me dijo que no podía hacerse cargo del niño, ella en primer lugar lo había regalado en el Retazo y el mismo día se lo regresaron con un pañal todo sucio y un tetero en malas condiciones, después a la progenitora le estaba haciendo transfusión de sangre y yo fui hasta el hospital y me dijo que me hiciera cargo del niño porque ella no podía, Denny Carolina a tenido otros hijos y los ha regalados, también tuvo un perdida, ella duerme donde la agarra la noche, se mantiene tomando, yo al niño le tengo en mi carga familiar, tengo trabajo fijo, vivo en el Complejo Ezequiel Zamora, con mi otra hija, mi esposo y el hijo de mi esposo, yo quiero seguir haciendo cargo del niño. Es todo. Seguidamente se le concede el derecho de palabra al Defensor Publico, quien expone: “Solicito sea decretada medida de colocación familiar al niño SE OMITE NOMBRE en familia sustituta y se notifique a la abuela materna del niño Maria Sermeño para que comparezca a la próxima audiencia. Es todo. Seguidamente se le concede el derecho de palabra a la Representación de la Fiscalía IV del Ministerio Publico, quien expone: “oída la exposición de la ciudadana Luisa Beatriz Guzmán, este representación fiscal solicita que se decrete medida provisional de colocación familiar al niño SE OMITE NOMBRE, en el hogar de la ciudadana Luisa Guzmán. Así mismo solicito se emita constancia de colocación familiar a la ciudadana Luisa Guzmán. Igualmente solicito se realice informe técnico integral de idoneidad a las ciudadanas Luisa Beatriz Guzmán y Dennys Carlina Sermeño y al niño SE OMITE NOMBRE. Oída las exposiciones del Defensor Publico, la Fiscal IV del Ministerio Publico y a la ciudadana Luisa Beatriz Guzmán y los fines de resguardar el derecho que tiene el niño SE OMITE NOMBRE, a ser criado en una familia de conformidad con lo previsto en el articulo 397-C, en concordancia con el articulo 8 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y adolescentes, es por lo que, este Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del estado Cojedes, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y Por Autoridad de la Ley, Resuelve: Primero: Revocar Medida de Abrigo dictada por el Consejo de Protección del Municipio San Carlos, en fecha 21 de enero de 2008; de acuerdo con lo establecido en el articulo 405 ejusdem; Segundo: Se Decreta Medida Provisional de Colocación en Familia Sustituta en beneficio del niño SE OMITE NOMBRE, en el hogar de la ciudadana Luisa Beatriz Sermeño, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 11.965.837 de conformidad con lo establecido en el articulo 397-C de la Ley in comento; Tercero: Se acuerda emitir constancia de colocación familiar a la ciudadana Luisa Beatriz Sermeño. Cuarto: Se ordena Informe Técnico Integral de Idoneidad a la ciudadana Luisa Beatriz Sermeño, Dennys Carolina Sermeño y al niño SE OMITE NOMBRE, por el Equipo Multidisciplinario de este Circuito Judicial. Líbrese oficio. Quinto: Se acuerda prolongar la presente audiencia para el día 22 de febrero de 2012, a las 09:00 de la mañana. Líbrese boleta de notificación a la ciudadana Dennys Carolina Sermeño y Maria Sermeño, a los fines de que comparezca a la audiencia fijada. Es todo, se terminó, leyó y conformes firman.”
La Jueza
Abg. Luisangela Osuna De Pool
Fiscal IV del Ministerio Publico
Abg. Maria Gracia Quintero
Defensor Publico
Abg. Euclides Herrera
Compareciente
Luisa Beatriz Guzmán
Alguacil
Beatriz Ramos
La Secretaria
Abg. Gloria Linarez
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